Tasas diferenciales en Ganancias para las empresas

Como complemento del proyecto de eximir del impuesto a las ganancias a los salarios brutos de hasta 150 mil pesos mensuales, y los cambios en el régimen de monotributo para aliviar la carga sobre los contribuyentes, el gobierno presentó en esta última semana una propuesta de modificación del impuesto a las ganancias de las sociedades incorporando las tasas diferenciales de tributación con beneficio para las pymes o empresas con menores ganancias netas. La reforma propuesta se inserta en la lógica de profundizar la progresividad del tributo y garantizar fuentes de financiamiento genuinas para las políticas públicas.

El proyecto propone una estructura de alícuotas marginales escalonadas con tres segmentos en función del nivel de ganancia gravada. Un primer escalón del 25% para ganancias netas de hasta $1,3 millones; el segundo escalón del 30% para ganancias netas de entre $1,3 millones y hasta $2,6 millones, y un último segmento de 35% para ganancias netas superiores a $2,6 millones. Los dividendos distribuidos pagarán en todos los casos la alícuota adicional del 7%, a través del impuesto cedular vigente.

Con respecto a las tasas vigentes, del 30% para todos por igual, este esquema reduce el impuesto para las ganancias netas por debajo de 1,3 millones en el ejercicio anual, y las aumenta para las ganancias netas empresarias superiores a los 3,9 millones de pesos anuales. 

Entre 1998 y 2015 las sociedades pagaban por el Impuesto a las Ganancias una alícuota del 35% sobre los beneficios, pero entre 2013 y 2015 se estableció un 10% adicional sobre los dividendos distribuidos. Durante el gobierno de Cambiemos se introdujeron distintas modificaciones tendientes a reducir ambas alícuotas.

A contramano de toda evidencia empírica e histórica, quienes impulsaron las reformas aseguraban que la rebaja de impuestos promovería la inversión extranjera, la reinversión de utilidades y la creación de empleo. Los cambios tuvieron un efecto nulo sobre la inversión y el empleo. En cambio, como era de esperar, provocaron la pérdida de recursos tributarios para el fisco. La regla del achicamiento del Estado y la acumulación de ganancias empresarias marcaba el rumbo.

El esquema propuesto en el proyecto enviado al Congreso establece un tratamiento diferencial en beneficio de las sociedades de menor tamaño o que, por alguna circunstancia, obtengan bajas rentas en un período fiscal e incorpora tasas marginales.

 La introducción de esta técnica es una novedad para el país: nunca en la historia de este impuesto se aplicaron tasas marginales o sobre el excedente para las Personas Jurídicas, algo que siempre se usó para las Personas Humanas.

El esquema de alícuotas progresivas según el tamaño de la empresa en el Impuesto a las Ganancias de Sociedades es utilizado en Australia, Canadá, Bélgica, Eslovaquia, Estados Unidos, Francia, Japón, Corea y Países Bajos. Con el esquema propuesto, estudios oficiales indican que en Argnetina el 75% de las empresas pagarán una alícuota del Impuesto a las Ganancias más baja que la vigente en 2020. En su mayoría se trata de empresas pymes.

El impuesto a las ganancias es la principal herramienta del esquema tributario nacional para recaudar con aportes directos del contribuyente. A diferencia del IVA, el impuesto que más recauda en el país, que es un tributo indirecto, porque recae sobre el que consume o compra el producto final, pero lo ingresa al fisco el productor o comercializador que lo traslada a su cliente como parte del precio de sus ventas. Cuanto mayor proporción de impuestos directos tiene un sistema, más progresivo se entiende que resulta.

El caso argentino, en cambio, se destaca por su alta regresividad. Muchos impuestos indirectos y poca recaudación relativa de los directos. Pagan más los consumidores que los que reciben las rentas del capital. La introducción de las tasas diferenciales en el esquema tributario de las ganancias de las sociedades apunta, precisamente, a tratar de mejorar la progresividad del sistema.