Educación deberá reintegrar docente jubilada por invalidez

La Cámara del Trabajo de Cipolletti ordenó al Consejo Provincial de Educación reincorporar a una docente de Cipolletti, dada de baja por invalidez e hizo lugar parcialmente al recurso de amparo que presentó la educadora cipoleña.

La mujer es docente de nivel inicial y cuenta con 21 años de antigüedad. En 2016, debido a cuestiones de salud, le otorgaron readecuación de tareas y en abril de ese año, la Junta Médica dictaminó que en ese momento ostentaba un 70% de incapacidad laboral y que debía ser evaluada en 12 meses.

La trabajadora de educación luego fue dada de alta médica, pero sin embargo Educación le dio la baja -mediante resolución 2755- por con el 70% de incapacidad laboral y resolvió su jubilación.

Tras presentar una serie de recursos administrativos, la docente llevó a cabo un amparo ante la Cámara del Trabajo, donde detalló que se vio afectada por haber sido dada de baja con un dato falso e intimada a jubilarse antes de haber alcanzado la edad máxima de 65 años, toda vez que el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones Ley 24.241 reconoce a la mujer la opción de jubilarse a partir de los 60 años o mantenerse en actividad hasta alcanzar la edad de 65 años.

Indicó que «que la previsión de la ley es en favor de la mujer y no del empleador. Que se encuentra afectado el principio de igualdad constitucional (art.16 CN) y diversos instrumentos constitucionales con jerarquía constitucional (art.75 inc. 22 CN)».

Una vez iniciado el recurso de amparo, la mujer presentó una resolución de ANSES del 6 de noviembre de 2017 por medio de la cual se dejaba sin efecto el trámite de Retiro Transitorio por Invalidez y adjuntó el dictamen de la Comisión Médica del 17 de noviembre del año pasado, donde consta una evaluación de un porcentaje del 15,38 % de incapacidad laborativa por lo que “no reúne las condiciones exigidas para continuar con el Beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez”.