«Nadie le quiere poner el cascabel al gato» • Nadina Díaz

Se notificó el 27 de enero el resultado del amparo presentado por la Defensoría del Pueblo de Río Negro, en la que el juez Chirinos rechaza la acción interpuesta.

 

Desde la Defensoría, entendemos que continúa el estado de indefensión del conjunto de los pasajeros del Ko Ko. La deficiencia del servicio no es una cuestión solo reconocida por el usuario o por esta Defensoría, también la empresa y la Secretaría de Transporte lo reconocen a la par del juez del cual cito textual: “…todos coinciden con los problemas que ocurren a las horas pico en el servicio de transporte entre Villa Regina y Cipolletti”. Es decir, está más que claro que hay una deficiencia reconocida por todos, pero ni la empresa, ni la Secretaría ni la justicia toman medidas para revertir la situación. Al contrario, las respuestas son básicamente tres:

 

Una es que para mejorar el servicio hay que cambiar el marco normativo de referencia y esto implicaría un problema para el consumidor, por ende habría que cambiar la ley y prever de este modo que las mejoras no impacten en el bolsillo de los pasajeros. Cosa que una nueva ley, sobre la que comenzaremos a trabajar, tampoco lo garantiza.

 

La segunda conclusión esgrimida por el Juzgado es que hacen falta más datos. La Secretaría provincial manifestó que no cuenta con ellos para para poder planificar.  Cito: “…la Secretaría cuenta con la facultad de ordenar al concesionario del transporte que agregue más coches en horarios pico, pero que para ello necesita una serie de datos estadísticos que no cuenta, por lo cual no es posible hacer los estudios necesarios que avalen una resolución que imponga nuevas frecuencias”. En este caso se invocan razones de inexistencia de datos para gestionar o para planificar. Hacen falta datos, esto es una realidad. Podemos preguntarnos si no hay datos para planificar ¿Por qué no se hicieron los relevamientos oportunamente o no se giraron los fondos a la Subsecretaría para que se realicen?

El tercer punto argumental es que la empresa cumple con todas las verificaciones técnicas que legalmente le corresponden y esto es avalado por la secretaría de transporte que da fe de tal situación. Con esto la Justicia se queda tranquila pues no hay motivos para el amparo. Ahora bien, el motivo del mismo es el mal servicio, la mala calidad de las unidades y la indefensión de los pasajeros que no solo es transportado como ganado, sino que se pone en riesgo la vida de la gente, pero al cumplirse supuestamente los controles legales se rechaza el amparo.

Nosotros afirmamos lo contrario, indicamos un simple ejemplo sin ahondar en otros casos de roturas, choques o caídas en zanjones: en menos de tres meses se declararon dos incendios en colectivos en Villa Regina, uno había dejado una multitud en la parada anterior minutos antes, quemándose por completo el 30 de octubre pasado, y el siguiente sucedió paradójicamente, un día antes que se conocieran los resultados del amparo. Los pasajeros de la unidad 201, dominio FAF 381 debieron abandonar la unidad.

Desgraciadamente para la empresa, la secretaría y lo más grave, para la justicia esto no es suficiente para ordenar acciones concretas. Desde la Defensoría no queremos que las acciones se ordenen cuando los pasajeros no puedan abandonar una unidad y ya sea tarde.

En cuanto al fallo, el Derecho establece que cuando la ley no es suficiente o no resguarda los derechos fundamentales de las personas, como en este caso, el reclamo de los ciudadanos a las autoridades las obliga a revisar las leyes y de persistir la indefensión por no estar contemplada, el juez puede generar la jurisprudencia que obligue a las partes a tomar medidas concretas, aunque más no sea  elaborar las estadísticas que la provincia no realiza para revertir el déficit de voluntad política provincial. Cuando esto no se realiza, el afectado una vez más es el ciudadano que debe trasladarse para estudiar o trabajar.

 

En virtud de ello desde esta Defensoría vamos a seguir realizando gestiones para resolver este problema. Con la Subsecretaría de Transporte hemos avanzado para reunirnos con Nación a efecto de gestionar la obtención de subsidios para el transporte, iniciaremos los trabajos de relevamiento necesarios que los organismos de gestión debieran tener para trabajar mínimamente en forma correcta, y avanzaremos con una nueva acción judicial que finalmente dé lugar a ese reclamo tan sensible sin dejar de lado la promoción de una reforma urgente de la ley que ya debería haberse concretado.

 

Consideramos que la sentencia se ajusta formalmente a una interpretación del derecho pero deja de lado otras herramientas que el ordenamiento jurídico brinda a los jueces para solucionar problemas que no son expresamente contemplados en la ley, tales como la equidad, los principios generales del derecho, la analogía legislativa y lo más básico y fundamental, las garantías constitucionales citadas oportunamente en el amparo. En este caso el juez considera «obsoleta» a la legislación provincial actual sin apelar a estos otros principios que pueden aportar soluciones aunque sean parciales, a la espera de una solución de fondo.

 

Consideramos que se ha perdido una oportunidad histórica de generar jurisprudencia en un tema tan sensible y una vez más el ajustarse estrictamente a una interpretación del derecho deja sin justicia al pueblo rionegrino que esta Defensoría representa.

 

Defensora del Pueblo de Río Negro