Quieren crear comisión para controlar loteos en la costa de RN

Viedma.- A raíz de las repercusiones que causaron los pormenores vinculados al proceso que derivó en la dudosa autorización del loteo conocido como “Foro Belén” y siendo de público y notorio conocimiento que en distintos sitios de nuestras costas se han erigido construcciones que, en muchos casos, no cuentan con las correspondientes autorizaciones o no cumplen con las especiales normas de protección ambiental vigentes,varios legisladores han tomado «la firme decisión política de arbitrar las medidas que sean necesarias para poner coto a esta clase de avasallamientos de nuestros recursos».

Luego de varias reuniones de trabajo y habiendo analizado distintos caminos para garantizar la indeminidad del patrimonio ambiental, paisajístico, ecológico y turístico de la costa rionegrina, creemos que la mejor opción consiste en crear una comisión especial integrada por siete legisladores. Su objetivo es llevar a cabo un control y relevamiento de las edificaciones, instalaciones y construcciones, ejecutadas o en ejecución, y de los proyectos o desarrollos urbanísticos, tramitados o en proceso de tramitación, ante los organismos de aplicación que se encuentren ubicados en el espacio físico delimitado por la ley de costas nº 2951.

El proyecto de ley -presentado por los legisladores Pedro Pesatti (FpV), Roberto Vargas (FpV) y Jorge Ocampos (ARI)- establece que la Comisión de Control de Edificaciones y Ordenamiento Territorial y Urbanístico de la Costa Atlántica tenga, entre otras funciones, la de requerir a las autoridades de aplicación y a los organismos involucrados en la Ley de Costas Q Nº 2951, la Ley de Áreas Naturales Protegidas M Nº 2669 y la Ley de Impacto Ambiental M Nº 3266, los informes y/o documentación que estime pertinentes como así también la elaboración de un informe que deberá consignar, en cada caso y a criterio de la Comisión, si se han respetado las normativas específicas aplicables y deberá ser remitido a la Fiscalía de Estado y a la Autoridad de Aplicación de la Ley de Costas.

Por último, y hasta tanto se adopten las medidas necesarias y se clarifiquen los posibles puntos oscuros en los procesos bajo trámite, se ordena suspender por el plazo de ciento ochenta (180) días, el inicio o continuidad de todo trámite de subdivisiones, loteos o comercialización directa o a través de terceros como así también toda actividad respecto de uso, replanteo, ampliación o refacciones que involucren asentamientos, obras o construcciones fijas o desmontables.