La Justicia ordenó al IPROSS entregar protesis a un afiliado

La titular del Juzgado Civil Nº 31 de Choele Choel, Natalia Costanzo, hizo lugar al amparo presentado por un joven del Valle Medio y ordenó al IPROSS la provisión de las prótesis, instrumental y asistencia técnica que se necesitan para poder realizar al afiliado de la obra social una operación de reconstrucción de cráneo.

La jueza otorgó al IPROSS un plazo de 5 días, a contar desde la notificación del fallo, para que provea un «sistema de reconstrucción craneal en malla 3 D, con fijación en titanio, set de alternativas e instrumental para su colocación con asistencia técnica, para la intervención quirúrgica a realizarse en el Sanatorio Juan XXIII de la Ciudad de General Roca». También dispuso que Ipross deberá coordinar con el neurocirujano el suministro de material y que deberá informar al Tribunal la fecha de la efectiva prestación, «bajo apercibimiento de imponer astreintes por la suma de $ 2.000 diarios a favor del amparista y hasta el efectivo e íntegro cumplimiento de lo aquí dispuesto».

Al interponer el amparo el joven, actualmente de 20 años, explicó que en septiembre de 2014 tuvo un accidente de tránsito y necesita la colocación de la malla de titanio. Indicó además que desde entonces «se ha visto imposibilitado de asistir al colegio y tener todo tipo de vida social debido a su condición; que ha tenido que concurrir a tratamiento psicológico por encontrarse depresivo y que necesita con urgencia el material para poder mejorar su calidad de vida».

En marzo de 2015 comenzó junto a su madre, que es la afiliada titular de la obra social, los trámites administrativos para autorizar la operación. Sin embargo, se debió postergar la primera fecha programada para la intervención «por la falta de provisión del material requerido» al sanatorio. Tras eso, se repitieron las gestiones en la Delegación de Ipross de Luis Beltrán y Choele Choel, obteniendo como última respuesta que la autorización de compra de la prótesis «está desde abril de 2017», sin que se hubiese concretado su entrega.

La Obra Social detalló ante la jueza que a raíz del amparo decidió intimar por carta documento a la empresa fabricante de la prótesis, «Biomax Insumos Médicos S.A.» para reclamar la pronta entrega del material.

Sobre esta situación, la jueza Costanzo concluyó que están en juego los derechos a la vida y a la salud, cuyo respeto «no necesita de ningún tipo de justificación sino que, por el contrario, debe justificarse la restricción pública o privada que se haga de ellos».