La disputa por los fondos públicos entre el CODECI y el Gobierno llegó a la Justicia

(ADN).- Los jueces del Superior Tribunal de Justicia rechazaron el planteo efectuado por representantes del Consejo de Desarrollo de las Comunidades Indígenas (CODECI) al Gobierno de Río Negro para que suministre recursos presupuestarios suficientes por 5.620.000 pesos al Fondo de Desarrollo del sector. Los magistrados del STJ sustentaron que no les corresponde evaluar partidas de fondos porque sería una intromisión en otro poder del Estado.

Representantes del CODECI argumentaron que no pudieron disponer de las partidas presupuestarias necesarias para cumplir con la misión del Consejo Indígena por falta de depósito de los fondos, adjuntando como prueba un historial bancario.

Enfatizaron que deben distribuir materiales de construcción para las obras que se están realizando en viviendas de las familias indígenas que se encuentran dispersas a gran distancia entre sí en el territorio provincial, sin contar con recursos económicos por “la ausencia de dinero en la cuenta de Fondo de Desarrollo”, haciendo hincapié que esta situación fue planteada al Poder Ejecutivo Provincial.

Agregaron que el CODECI requiere actualmente de fondos porque presenta “deficiencias en sus instalaciones y falta de equipamiento informático, mobiliario y vehículos”.

Expresaron que en la entidad se previó un presupuesto para el 2016 de 5.620.000 pesos, pero que, si bien lo consideran suficiente y proporcionado, no resulta del todo ajustado a su realidad porque que no disponen de asistencia técnica contable acorde.

Por su parte, un dictamen de la Procuración General –compartido después por el STJ- resolvió rechazar el pedido formulado por representantes del CODECI porque “han transcurrido 5 años y 10 meses desde el dictado de la sentencia, plazo por demás extenso para que se pretenda efectuar la ejecución de sentencia, denunciando disconformidad o aparente incumplimiento sobre la asignación presupuestaria otorgada al CODECI, lo que denota una cierta inercia o dejadez de parte de ese organismo para dar cumplimiento a los fines previstos en la ley D nº 2287, entre otras normas”.

El dictamen agregó que este asunto es resultado de la implementación de las políticas públicas que delimita el Poder Ejecutivo Provincial para el tratamiento integral de la situación jurídica, económica y social, individual y colectiva de la población indígena.

Concluyó la Procuración General que “pretender que sea el Poder Judicial el que lleve adelante la tarea de valorar la cuantificación de los montos atribuidos configuraría una clara intromisión de éste Poder del Estado sobre decisiones propias del Poder Ejecutivo y Legislativo, más aún cuando no se advierte la violación del orden jurídico”.