Sigue en Tribunales polémica compra de 24.648 hectáreas en Somuncura

Viedma (ADN).- Un Tribunal judicial de Viedma no hizo lugar a la impugnación que formuló Mauricio Alejandro Montes (la provincia de Río Negro le inició demanda para recuperar 24.648 hectáreas de la Meseta de Somuncura que compró a 9,18 peso por cada una entre los años 2006 y 2007) a la prueba pericial caligráfica ofrecida por el Estado rionegrino.

En consecuencia, los jueces Gustavo Azpeitía, María Luján Ignazi y Sandra Filipuzzi designaron, previo sorteo, perito calígrafo para que antes de la confección de cuerpo de escritura de Silvano Aguilar y Gildo Pilquiman (habrían efectuado una cesión a favor de Montes) determine si le pertenecen a ellos las firmas estampadas en los documentos inherentes a las solicitudes de arrendamiento o cesión de tierras en venta o en otros que se le atribuyen como de su puño y letra y se encuentran en los expedientes administrativos ofrecidos, los que se determinarán al momento de procederse a la designación del perito.

La audiencia fue convocada para el 12 de este mes, a los 11, de acuerdo con la resolución emitida por los jueces el 29 de julio pasado.

En una anterior audiencia, el demandado Montes, a través de un escrito, impugnó el ofrecimiento de prueba pericial caligráfica, efectuado por la provincia para determinar la veracidad de las firmas de Aguilar y Pilquiman insertas en el convenio de cesión de los derechos sobre las parcelas 350750 y 500750.

Después, la provincia de Río Negro, a través de apoderados nombrados al efecto, manifestó que “el ofrecimiento de prueba formulado es mucho más amplio que el sugerido por la contraparte y tiene por finalidad probar la irregularidad en el procedimiento administrativo llevado adelante por la Dirección de Tierras de esta provincia (durante la anterior gestión de gobierno), que sirviera de fundamento a la demanda de lesividad”.

Agregó la provincia que “no todas las firmas cuestionadas se encuentran certificadas por escribano público, de modo que exigir la interposición de un incidente de redargución (argumento convertido contra el que lo hace) de falsedad, como lo pretende la demandada, resultaría una exigencia abusiva y un dispendio jurisdiccional inaceptable cuando el medio propuesto resulta ser el más idóneo para clarificar la situación planteada”.

En este complejo contexto, se trata de una acción de lesividad iniciada por la provincia contra Mauricio Alejandro Montes en la búsqueda de obtener la declaración de nulidad de las disposiciones de la Dirección de Tierras y Colonias de la Provincia de Río Negro, Ns° 558/06 y 35/07 y de cualquier acto administrativo, notarial y/o de otra índole que se hayan dictado y/o celebrado como consecuencia de la aplicación de esas disposiciones.

Una reciente ley restituyó para el Estado rionegrino 24.648 hectáreas ubicadas en la Meseta de Somuncura, vendidas a precio vil, según varios coincidentes argumentos.

En ámbito judicial se fundamentó que “los expedientes que dieron motivo a las referidas disposiciones contenían una serie de vicios e irregularidades que afectaban elementos esenciales de esas disposiciones como actos administrativos que son desembocando en su nulidad y en la de aquellos que siguieron a ellas”.

Se expresó que los derechos de ocupación y mejoras sobre las parcelas 350750 y 500750 recayeron sobre Aguilar y Pilquiman y que, en el marco de las actuaciones administrativas que dieron razón al proceso, las declaraciones de éstos “arrojaron un manto de duda acerca de la validez y veracidad de los documentos mediante los cuales Mauricio Montes adquirió derechos posesorios sobre las mencionadas parcelas”. (ADN)