Viedma y Patagones incluidos en el Procrear II

(ADN).- A partir del 2023, el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat abrirá a partir del 2 de enero de 2023 una nueva inscripción para acceder a 635 viviendas de 37 Desarrollos Urbanísticos Procrear II, que se encuentran ubicados en 17 provincias del país.

Según se detalló, los Desarrollos Urbanísticos Procrear II ofrecen soluciones habitacionales que “atienden a las necesidades de cada territorio, y permiten a las familias argentinas el acceso a un crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas”, en uno de los complejos habitacionales construidos por el Estado Nacional.

Además, cuentan con excelentes vías de acceso, cercanía a centros educativos, recreativos y de salud, así como una completa infraestructura de servicios públicos y espacios verdes.

Procrear II: que zonas están incluidos

  • Provincia de Buenos Aires: Bahía Blanca, Carmen de Patagones, Ciudad Evita, Haedo, Ituzaingó, Lincoln, Merlo, Morón, San Antonio de Areco, San Martín, San Miguel y San Nicolás.
  • Capital: Estación Buenos Aires y Estación Sáenz
  • Chubut: Puerto Madryn
  • Córdoba: Barrio Liceo, Cavanagh y San Francisco
  • Corrientes: Corrientes
  • Entre Ríos: Paraná
  • Jujuy: Jujuy
  • Mendoza: Maipú, Malargüe, Mendoza y San Rafael
  • Misiones: Posadas
  • Neuquén: Zapala
  • Río Negro: Viedma
  • Salta: Tartagal
  • San Luis: San Luis
  • Santa Cruz: Río Gallegos
  • Santa Fe: Estación Cambios, Rafaela, y Súnchales
  • Santiago del Estero: Santiago del Estero y La Banda
  • Tierra del Fuego: Río Grande

Requisitos para inscribirte en Procrear II

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Con excepción de los casos detallados en las Bases y Condiciones.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 1 SMVyM y 10 SMVyM. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los y las participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados: 1. Matrimonio. 2. Unión convivencial. 3. Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.