El Gobierno habilitó la venta del cannabis medicinal en farmacias

El gobierno nacional habilitó la venta de aceites de cannabis medicinal y sus derivados, por autocultivo, en las farmacias, previa inscripción en el nuevo Registro del Programa de Cannabis (Reprocann).

El decreto decreto 883/2020, publicado en el Boletín Oficial, establece una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis que «facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos», para «el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias», incluso a través del «autocultivo o el cultivo solidario».

También fija que las obras sociales, el Estado y las prepagas deben garantizar el acceso al cannabis.

“La ley nacional se reglamentó en septiembre de 2017 y se reglamentó muy mal”, había dicho Valeria Salech, presidenta de Mamá Cultiva, en diálogo con Página|12. En ese momento, también adelantó que la organización estaba trabajando en conjunto con el Ministerio de Salud de la Nación para una nueva reglamentación.

Según el texto publicado en el Boletín Oficial, el Decreto N° 738/17 con el que el macrismo buscó implementar la ley generó que el acceso al aceite de cannabis y sus derivados sea restrictivo porque “solo pueden acceder a su uso quienes se incorporen a protocolos de investigación en epilepsia refractaria”, dejando por fuera otras patologías.

Asimismo, la reglamentación anterior permitía la importación de aceite de cannabis y sus derivados, pero esto resultó “económicamente excluyente, atento el alto costo que implica su importación”.

 “Estas restricciones reglamentarias configuraron barreras al acceso oportuno del Cannabis por parte de la población”, afirma el Decreto N° 883, y por esa razón hubo “un núcleo significativo de usuarias y usuarios han decidido satisfacer su propia demanda de aceite de Cannabis a través de las prácticas de autocultivo” que luego “fueron organizando redes y crearon organizaciones civiles”.