Covid: medidas restrictivas por una semana en Conesa

(ADN). –Rigen desde hoy y hasta las  24 del próximo martes 22, nuevas medidas restrictivas para el Departamento Conesa, “por razones epidemiológicas y de cuidado de la salud colectiva”, debido a los contagios de coronavirus.

Los comercios de productos esenciales estarán habilitados de 8 a 21 de lunes a sábado y los de productos no esenciales y actividades de servicios no esenciales deberán realizarse entre las 8 y las 21 de lunes a sábado, hasta un máximo de 8 horas diarias. Restaurantes, bares, cafés y establecimientos similares, podrán funcionar de lunes a miércoles en horario de 9 a 21 y de jueves a sábado de 9 a 22 únicamente mediante la modalidad de retiro de productos elaborados y los delibery todos los días hasta las 22.

Se permitirá la realización de actividades deportivas y recreativas al aire libre de forma individual en el horario de 9 a 19, de lunes a sábado, respetando el distanciamiento social y de acuerdo al esquema de circulación según DNI impuesto por el municipio. La totalidad de los comercios, cualquiera sea el rubro, deberán permanecer cerrados los días domingo, debiendo sus titulares utilizar dicha jornada para realizar una completa desinfección de los mismos.

Se habilitan las obras de construcción de carácter privado, con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70 m2, más el director de obra y representante técnico de lunes a sábado en el horario de 8 a 19.

Se habilita la atención al público en los organismos de la Administración Pública con el cumplimiento de las normas de higiene y distanciamiento. Los trabajadores rurales podrán desarrollar su actividad de lunes a sábado de 8 a 20.

Aperturas de gimnasios: de lunes a sábados de 9 a 21 y por número de DNI según lo disponga la autoridad municipal. No se habilitarán las reuniones sociales con el fin de proteger la salud pública.

Se facultará a Municipio a implementar esquema específico de circulación de acuerdo a la terminación del DNI. Se establecerá el cierre y fajado de los espacios públicos, entre ellos parques, plazas, predios deportivos y espacios recreativos.

Los comercios de hasta 50 mts2 solo podrán permitir el ingreso de hasta dos personas por vez. Las grandes superficies comerciales no podrán permitir el ingreso de personas en el caso de que el factor de ocupación haya alcanzado el 50% del ideal del local comercial. Asimismo deberá considerarse para aquellas personas que aguarden su ingreso una distancia de 2 metros, garantizando el distanciamiento social.

Los locales comerciales deberán disponer una mampara con material acrílico, plástico o nylon trasparente de manera que entre el cliente y el cajero cumplan con el distanciamiento obligatorio.