El receso judicial también se extendió hasta el 26 de abril

(ADN). – Según dispuso el Superior Tribunal de Justicia, el receso extraordinario con régimen de feria judicial, también se prorrogó hasta el 26 de este mes y además se tomaron una serie de medidas que permitirán ampliar la cantidad de servicios que prestará el Poder Judicial durante el aislamiento social obligatorio, donde se profundizará el uso de tecnología y los puestos de teletrabajo.

Las juezas y jueces podrán avanzar en la formulación de sentencias y cada organismo jurisdiccional recibirá escritos en formato PDF de abogados y abogadas y en los próximos días se habilitará una mesa de entradas virtual. Además, se podrán realizar audiencias no presenciales, con mecanismos tecnológicos. También están activos los procedimientos para transferencias de fondos a operadores del sistema y cuentas judiciales, como el pago de cuotas alimentarias.

«Ante la emergencia sanitaria, corresponde a este Superior Tribunal de Justicia velar por la preservación de la salud de los integrantes del plantel del Poder Judicial, pero también de profesionales y de la ciudadanía que acude a los tribunales, dando cumplimiento al vigente aislamiento social preventivo de carácter obligatorio para todo habitante del territorio nacional y provincial”, señala la acordada del STJ para fundamentar la ampliación del receso extraordinario.

Expresa que “se debe contemplar la particular situación en la que se encuentra nuestra Provincia, en etapa de contención y advertir la forma en que se ha desarrollado la circulación viral dentro del territorio, como así también la cantidad de personas que han contraído el virus”, por lo que “dando continuidad al objetivo precautorio y a fin de evitar mayor circulación de personas, corresponde continuar con la modalidad de teletrabajo con las excepciones que la misma función requiera, preservando las condiciones recomendadas por la autoridad sanitaria”.

Aún cuando rige la suspensión de plazos, el STJ decidió que “aquellos actos procesales que deban o puedan realizarse, cuenten con la conformidad de las partes intervinientes y se habilite por la respectiva jurisdicción, son válidos y han de llevarse a cabo a través de las herramientas tecnológicas a disposición” y dispuso que magistrados y magistradas procurarán llevar adelante la labor jurisdiccional decisoria que le compete y pueden emitir tanto autos interlocutorios como sentencias definitivas.

También establece la modalidad para la presentación de escritos: hasta la puesta en marcha de la mesa de entradas virtual, “los organismos jurisdiccionales recepcionarán escritos en formato PDF vía correo electrónico”. Estos organismos jurisdiccionales deberán accionar para que “el escrito se incorpore al expediente digital de la web de modo que quede a disposición de la contraparte”. Además, “garantizarán la publicación diaria de listas de despacho, la publicación de fallos con la periodicidad habitual y mantendrán el protocolo digital al día”.Ya sea en forma directa por mail o escaneando el PDF, magistradas y magistrados podrán firmar digitalmente sus resoluciones.

En el Anexo a la Acordada también se describen los mecanismos para el movimiento de fondos. En este sentido, el STJ gestionó soluciones con el Banco Patagonia para poder abonar, por ejemplo, indemnizaciones o cuotas alimentarias a personas sin cuentas bancarias.

Finalmente, se logró dar una respuesta para la apertura de cuentas a personas no bancarizadas, que en general son las más vulnerables. La acordada detalla que “se puede poner a disposición de modo opcional, tal como se acordó con el Banco Patagonia, hacer con el mismo procedimiento que el de abrir cuentas judiciales, es decir, oficio del magistrado o funcionario habilitado. Pero en este caso el beneficiario debe luego sacar un turno en el banco para ir en forma presencial a obtener una tarjeta de débito, única forma en la que actualmente se puede retirar dinero”.