Aspectos positivos y negativos del proceso penal

(Por Damián Torres*).- Como todos los fines de año, es muy habitual realizar un balance general en distintas áreas de la vida. Tiempos donde se rememoran las distintas actividades que uno realizo, en los ámbitos donde se desarrolla.

En este sentido, resulta interesante efectuar un análisis de cómo se encuentra el sistema penal en nuestra provincia, a dos años y medio la reforma del proceso penal, pasando de un sistema mixto a uno acusatorio (ley 5020).

Para ello se toman las estadísticas publicadas por el propio poder judicial en su página oficial en el sitio http://servicios.jusrionegro.gov.ar/inicio/web/gobierno-abierto/estadisticas/, por un lado y la propia experiencia que surge de los operadores del sistema penal en las distintas circunscripciones.

En el sitio web antes mencionado, encontramos los datos del primer semestre, y datos comparativos del mes de noviembre del 2018/2019.

Un aspecto altamente positivo es el promedio de tiempo de duración de los legajos. El año pasado dicho promedio rondaba en los 90 días desde su iniciación. En la actualidad, conforme los datos obtenidos, estamos entre 110 y 120 días. Es decir en menos de seis meses, aproximadamente, un legajo se resuelve. Por supuesto hay excepciones, pero este es un aspecto muy importante, puesto que históricamente fue una de las grandes críticas al sistema penal, las demoras que el mismo insumía.

Otro aspecto positivo es la publicidad de las audiencias, la utilización de la tecnología, que ha hecho que todas las personas interesadas pueden presenciar desde una audiencia de control de detención, o una audiencia de formulación de cargos, hasta la audiencia de impugnación, lo cual permite estar en contacto con el proceso constantemente, rompiéndose así las barreras de una justicia oculta, a espaldas de la sociedad que era otra de las grandes críticas al sistema penal.

Más allá de varios datos positivos, encontramos varios aspectos alarmantes, algunos de los cuales se tratan a continuación.

Existe un alto incremento de la cantidad de audiencias de formulación de cargos. En el mes de noviembre del 2018 por ejemplo, se registraron 245 audiencias; en el mismo mes, pero de este 2019, se registraron a nivel provincial 339 audiencias de esta índole. Es decir el incremento fue del 38%, dato superior a la variación de ingresos de legajos que es del 28%. Según los datos publicados, más del 65% de los legajos ingresados en el Ministerio Publico Fiscal pasan a formulación de cargos.

Esto nos lleva a analizar que desde el Ministerio Publico Fiscal, quien es el que decide pasar a la nueva etapa, en términos generales prescinde en mayor medida de la Investigación Preliminar (es decir de la etapa de 6 meses que el código asigna para la investigación), lo cual corre serios riesgos de volverse un criterio adoptado.

Este dato encuentra correlato con otro. Los jueces de garantías han adoptado una postura de efectuar solo un análisis formal en la formulación de cargos (aunque misma postura han adoptado en el control de acusación) y en algún punto ello tiene que ver con un vacío legislativo que se da en el artículo 130 de nuestro C.P.P., cuestión que es para debatir arduamente y no es el objeto del presente artículo.

Esta conjunción entre la postura de los fiscales de formular cargos rápidamente y la postura de formalista de los jueces, es el inicio de un posible colapso del sistema, que ya se está visualizando en el aumento del promedio de tramitación de los legajos del 2018 al 2019.

Otros datos alarmantes, que van en contra de lo que el sistema propone, es la aplicación de soluciones alternativas del conflicto. En los primeros seis meses de este 2019, el numero de juicios abreviados fueron menores al de debates orales y públicos (366, contra 333, respectivamente). Solo por encima del número de debates encontramos el instituto de suspensión de juicio a prueba (475). También encontramos un escaso número de pedidos de sobreseimientos en casos especiales (incluyen aplicación de criterio de oportunidad, cumplimiento de las pautas en una probation, vencimiento de plazos, etc., que en el primer semestre fueron de 298). Es decir, hay mas debates orales y públicos que finalización de procesos por solución alternativas de conflictos.

Estos datos, que se mantienen en el mes de noviembre de este año nos llevan a observar que, en primer lugar es muy bajo el numero de prescindencia de la acción por parte de los fiscales (habrá que analizar si la normativa en concreto se lo permite), y que aun no se ha logrado concientizar a los operadores (fiscales, defensores) de buscar soluciones alternativas de los conflictos, ni que los jueces tengan una posición activa en pos de ello.

Tampoco el Control de acusación (que es la audiencia neurálgica para definir si el proceso va a un debate oral y público) ha logrado esgrimirse como el núcleo del sistema, pese a ser una audiencia multipropósito. Conforme los datos obtenidos, los criterios esbozados por los actores, la misma lentamente se convierte en una audiencia de control de prueba. Aquí habrá que replantearse los criterios aplicables, como asimismo se deberá analizar el articulado en concreto.

Todas estas situaciones impactan en múltiples formas.

Por un lado, como ya vimos, los plazos de tramitación de legajos poco a poco van aumentando. En Bariloche por ejemplo la agenda de juicios ya está tramitando para el segundo semestre del 2020, con lo que ello implica.

Asimismo, si bien se ha reducido la cantidad de detenidos en condiciones de prisión preventiva, lo cual es un dato positivo, se ha observado un incremento de más del 30% de los condenados, sobre todo con penas cortas, con lo que ello implica para el servicio penitenciario. Es por eso que los juzgados de ejecución se encuentran colapsados en general.

Para el 2020 todos los operadores del sistema procesal penal deberemos efectuarnos serios replanteos.

En primer lugar, dar mayor preeminencia a la etapa de investigación preliminar y dotar de mayor herramientas a la solución alternativa de los conflictos, por parte del Ministerio público y las defensas, sean públicas y privadas.

En cuanto a los jueces, propender a un rol más activo en las audiencias de formulación de cargos y controles de acusación para que la misma no se vuelva una instancia meramente formal, como viene sucediendo.

Los defensores debemos trabajar en mayores investigaciones en las etapas preliminares para darles elementos de convicción a los fiscales antes de que avancen a otras etapas.

E incluso, podrá pensarse en una revisión del código para reglamentar o modificar aquellas cuestiones que en la práctica se vienen observando.

Este es un camino que recién comienza. Son muchos años de historia de sistemas procesales escritos o mixtos que llevara un tiempo importante lograr erradicar definitivamente. Lo importante es poder observar aquellas falencias a los fines de ir corrigiendo.

*Abogado.