Confirmaron condenas a Contreras, Mozzoni y Parra

El Superior Tribunal de Justicia confirmó las sentencias que condenaron al ex ministro de Turismo José Omar Contreras, al ex Secretario de Medios de la provincia, Claudio Aníbal Mozzoni, y a la Delegada de Prensa de la Secretaría de Medios en Bariloche, Susana Beatriz Parra, a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

En el caso de Contreras y Mozzoni, fueron hallados autores del delito de administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública provincial en concurso ideal con el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. Parra, en cambio, fue condenada por ser partícipe necesaria del mismo delito.

Mozzoni habría adjudicado en forma irregular pautas publicitarias del Estado a favor de A Kabir S.R.L., sociedad que pertenece, administra y representa los intereses de Susana Beatriz Parra, socia gerente, que a su vez resultaba ser en esa época funcionaria a cargo de la Delegación Bariloche de la Secretaría de Medios de Comunicación de Río Negro. De acuerdo a los términos de la contratación, preveía que la difusión institucional se emitiera en un programa de entrevistas los domingos a las 14 por Canal 6 Bariloche.

Se le imputa entonces que el acto administrativo se hizo “a sabiendas que dicha contratación no podía ser celebrada en tanto Al Kabir SRL en realidad representaba a Parra quien era a la fecha funcionaria pública en el área de la Secretaría de Comunicación. Asimismo, en tanto conocían que el programa no era emitido, y que la contraprestación no sería prestada”.

Un segundo hecho involucra a Contreras, Mozzoni y Parra. En este caso, el ex ministro de Turismo, según la acusación, “actuó asignándole ilegítimamente pauta publicitaria” a Al Kabir, mientras que Mozzoni participó justificando la razonabilidad del precio.

En las audiencias de debate, el Fiscal de Cámara estimó acreditada la existencia del hecho y la participación de los imputados, y la Cámara condenó a los tres ex funcionarios. Luego, las defensas de los sentenciados presentó un recurso de Casación al Superior Tribunal de Justicia.

Ahora el máximo tribunal provincial, con el voto rector del juez del STJ Sergio Barotto, sostiene que quedó “en evidencia las circunstancias disímiles entre lo contratado y los microprogramas referidos en cuanto a duración de los programas, contenido y oportunidad en que se emitirían, por lo que existió un perjuicio para el Estado”. Consideró probado que las menciones institucionales no fueron emitidas tal como habían sido contratadas.

El STJ coincidió en que Mozzoni y Contreras “operaron con la manifiesta intención de (…) favorecer a otro funcionario de su gobierno, la coimputada Parra y tal actividad se observa encarnada en ocasión de contratar la pauta oficial, causando de esa forma un perjuicio patrimonial al Estado Provincial”. Agrega que “el plexo fáctico indiciario es concluyente: Mozzoni sabía que al contratar con Al Kabir SRL lo estaba haciendo por intermedio de su representante y en beneficio de Susana Parra”.

“En síntesis, Mozzoni y Contreras, con abuso e infidelidad en el ejercicio de sus funciones públicas, persiguieron y lograron las contrataciones directas de publicidad que favorecieron a Susana Parra -quien en ese período temporal se desempeñaba como funcionaria a cargo de la Delegación Bariloche de la Secretaría de Medios de Comunicación-, prestaciones que no se realizaron en conformidad con lo acordado, lo que ocasionó un evidente perjuicio al erario público y un consecuente beneficio a la encartada”, expresa el voto del doctor Sergio Barotto.