Weretilneck decretó la emergencia y desastre agropecuario por incendios

El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, firmó el decretó que establece el Estado de Desastre y/o Emergencia Agropecuaria a causa de los incendios rurales ocurridos en los departamentos Pichi Mahuida, Avellaneda, General Conesa y Adolfo Alsina, que se aplica a partir del 28 de diciembre y por término de un año.

La norma dispone diversos beneficios para los productores ganaderos de la región afectados por los incendios ocurridos entre el 21 de diciembre de 2016 y los primeros días de este año, los que destruyeron unas 500.000 hectáreas de campo.

Se establece la eximición total o parcial, en función del nivel de afectación, del pago de guías de traslado de hacienda desde los establecimientos afectados y de los impuestos Inmobiliario (de inmuebles rurales y subrurales), de Ingresos Brutos, Automotor y de Sellos para los actos, contratos u operaciones cuyos vencimientos operen a partir del 28 de diciembre y por un año, de los bienes y operaciones destinadas a la actividad agropecuaria.
Asimismo, el decreto faculta a la Agencia de Recaudación Tributaria a evaluar la capacidad contributiva de los productores afectados para contemplar las exenciones totales o parciales de los impuestos mencionados anteriormente.

Del mismo modo, se encomendó al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca solicitar la Declaración Nacional de Emergencia y/o Desastre Agropecuario y Asistencia Económica a los organismos nacionales, para la ejecución de acciones y obras tendientes a paliar los efectos del fenómeno natural acontecido.

Entre los fundamentos se destaca que los daños provocados por los incendios fueron relevados por el servicio técnico específico del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y por dependencias técnicas de la Subsecretaría de Ganadería y evaluadas en base a un informe técnico del INTA.

Además, la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, en una reunión desarrollada el 28 de diciembre, consideró que es necesario declarar el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, dando cumplimiento con lo establecido por la Ley E Nº 1857.