Bullrich: «Les vamos a dar 5 minutos; se van o los sacamos». Los puntos del nuevo protocolo

El Ministerio de Seguridad de la Nación difundió ayer un nuevo protocolo de actuación para las fuerzas de seguridad que intervienen en cortes de rutas y piquetes. La titular del área, Patricia Bullrich, explicó cuál es la idea de la norma: «A partir de ahora todos van a saber a qué atenerse».

La difusión de la norma surgió el mismo día en que distintas organizaciones sociales realizaron 200 piquetes para pedir la liberación de Milagro Sala, detenida en Jujuy por diversos delitos vinculados con el manejo fraudulento de fondos públicos.

A partir de la entrada en vigencia de la norma, que en los próximos días será adecuada a cada fuerza de seguridad, el Estado tendrá la posibilidad de intervenir cada vez que un grupo de personas interrumpa el tránsito sin haber pedido autorización. Bullrich explicó cómo será el proceder: «Les vamos a dar cinco minutos, les vamos a decir que se vayan por las buenas, y se van o los sacamos».

El protocolo autoriza a la fuerza interviniente en un corte de ruta a detener a las personas que se manifiesten con elementos contundentes, como palos o piedras –»no queremos palos ni capuchas», dijo Bullrich- y dependiendo de cada caso habilitará (o no) que los oficiales porten sus armas reglamentarias.

«Si usted tiene una persona a la que le van a quemar la casa, la primera fuerza en llegar es la Policía del barrio. Esos policías están armados. No pueden dejar las pistolas en el patrullero porque sería más peligroso. Además hay que proteger a la persona que está dentro de su casa y puede ser linchada», especificó Bullrich en diálogo con Luis Novaresio en radio La Red.

En cambio, cuando se trate de una protesta organizada, como suele suceder en la autopista Panamericana, las primeras filas de las fuerzas de seguridad estarán equipadas con armas no letales y los oficiales serán instruidos para realizar un uso mínimo indispensable de la fuerza.

La resolución del Ministerio de Seguridad prevé la posibilidad de que una organización comunique con anterioridad que pretende realizar un corte de calle. En tal caso podría ser autorizada con ciertos criterios específicos como zona de protesta y duración de la movilización.

El protocolo
1- Obliga a todas las fuerzas de seguridad nacionales, provinciales y de la ciudad de Buenos Aires a cumplir el protocolo.

2- Se ratifica que las protestas que impiden la circulación son delitos penales, tipificados en el artículo 194 del Código Penal, que establece:
El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, provisión de agua o sustancias energéticas, será reprimido con prisión de 3 meses a 2 años.

3- Divide las protestas en «espontáneas» y «programadas».
Programadas: son aquellas informadas por los líderes de la manifestación con anticipación a las autoridades.
Espontáneas: todas las no programadas.

4- En todos los casos, se ratifica que se debe garantizar la libre circulación de personas y bienes.

5- Ante una protesta se establecerá «un espacio de negociación para que cese el corte y se dará aviso a la Justicia».

6- Luego, el jefe del operativo de seguridad impartirá la orden por megáfonos o a viva voz para que se permita la libre circulación.

7- Si no se cumple la orden, y bajo apercibimiento de ser acusados de violar el artículo 194 del Código Penal, se les solicitará que depongan el corte bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido para los casos de los delitos cometidos en flagrancia.

8- Se pondrá en conocimiento del magistrado competente y se procederá a intervenir y disolver la manifestación. Para ello, las instrucciones de la autoridad policial se harán por medio de frases cortas y claras.

9- No se podrá estar con palos ni elementos contundentes o inflamables, tipo molotov, o pirotecnia. En caso de haber manifestantes con esos elementos se procederá a aislar e identificar a las personas.

10: El uso de la fuerza debe respetar los principios de Legalidad, Oportunidad, Último recurso frente a una resistencia o amenaza y gradualidad.

11- Liberadas las vías de circulación, se procederá a establecer una instancia de negociación con el líder o representante del grupo de manifestantes, a los fines de canalizar sus reclamos.

12- Si llegase a haber daños, se promoverá «acción civil» para que se repongan los bienes dañados.

13: Si hay detenciones, se informará el motivo del arresto, se dará lectura de sus derechos y se procederá a su inmediato traslado.

14- Para los medios de comunicación se establecerá «una zona determinada, donde se garantice la protección de su integridad física, y no interfieran con el procedimiento. Se impide confiscar o destruir material o herramientas de trabajo de los periodistas.

15- Habrá un jefe de operativo y un oficial superior y un responsable político que dependa de las autoridades nacionales o provinciales, según corresponda.

16- Las fuerzas de seguridad deberán acompañar la desconcentración de la manifestación.

17- Se procederá a la filmación (video y audio) y fotografía de los operativos, para el caso de ser requeridas posteriormente por la Justicia, o permitan evaluar el desempeño del personal interviniente.