Cufré dijo que «será la comunidad grutense la que decidirá su municipalización»

Viedma.- El secretario legislativo del parlamento rionegrino, Rodolfo Cufré, manifestó «su beneplácito por el reconocimiento técnico que el intendente de San Antonio Oeste, Javier Iud, expresó sobre el informe referido al tratamiento que laLegislatura debía dar al proyecto de municipalización de Las Grutas».

Sin embargo, indicó que “quizás Iud no hizo una lectura profunda del informe o se haya confundido, pues expresa absolutamente lo contrario a lo que él cree que dice, claramente hemos determinado la falta de necesidad de una mayoría de dos tercios, pues será la comunidad grutense la que decidirá su municipalización”.

Cufré señalò que no es el parlamento el que crea un nuevo municipio, “sino sólo y simplemente el que habilita el debido proceso para llegar a esa instancia conforme la manda constitucional”, expresó citando un fragmento del documento. “Nuestro informe es claro y contundente: simplemente y como cuestión accesoria recomendamps un cambio en la redacción que sintetice el espíritu de la norma, ya que es absolutamente claro que la ley no crea el municipio”, puntualizó Cufré.

El informe
En el texto entregado al vicegobernador se explica también que “la Constitución no asigna expresamente a ningún órgano en particular la facultad de interpretar la Constitución. Sólo le otorga al STJ la facultadpara conocer y resolver sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las normas que estatuyan sobre materias regidas por esta constitución(ver artículo 207 Constitución Provincial, en armonía con el art. 196)”

El informe considera que independientemente de los aspectos técnicos y reglamentarios ya referidos, en el caso en análisis, la Legislatura sólo está llamada a habilitar el mecanismo para que la comunidad decida sobre la creación o no de un nuevo Municipio independiente del de SAO. “Para ello, es menester el voto positivo del 66% más uno de los electores decidiendo sobre la creación de dicho municipio, lo que implica que es efectivamente nuestra Constitución la que reserva esa decisión a la comunidad, quien se expresa a través de un referéndum”, explica el documento.

“Para la sanción de la ley en cuestión resulta inaplicable la mayoría de dos tercios prevista en el art. 139 inc. 16) de la Constitución Provincial, porque no se está modificando la división política de la provincia sino solamente ‘habilitando el proceso’ y serán luego los electores quienes resolverán sobre el particular”, continúa.

El documento dictamina que “no es necesaria entonces ninguna mayoría especial para votar esta ley porque justamente el agravante nuestra Constitución lo establece a través del referéndum” por lo que “la ley sido sancionada como corresponde” aseveró finalmente Rodolfo Cufre.