La Sala A de la Cámara en lo Criminal inició un nuevo debate en la «causa Dato»

Viedma.- La Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma, comenzò un nuevo debate oral y público en la causa judicial que tiene como imputados a Jorge Luis Estevanacio, Nicolás Rubén Quintero, Fernando Javier Busto y Angel David León Belmar, por el hecho ocurrido el 6 de mayo de 2013 con la tentativa de robo agravado por el uso de armas de fuego, al propietario de una heladería en esta ciudad. La audiencia se reanudará mañana a partir de las 13.

El Tribunal de juicio está integrado por los Jueces Subrogantes Ariel Gallinger, María Luján Ignazi y Rolando Gaitán. Integran las partes, el Fiscal de Cámara Dr. Fabricio Brogna López y los Defensores de los imputados son Manuel Maza, que representa a Estevanacio y Busto, Pedro Vega que patrocina a Quintero y Damián Torres que ejerce la defensa de León Belmar.

En la primera jornada el Tribunal escuchó la declaración de Busto, quién se desvinculó del hecho y negó conocer a los otros imputados que se abstuvcieron de declarar ante los jueces.

Posteriormente se escucharon cuatro testimonios de los seis previstos, ya que se desistieron de dos testigos, y entre ellos la Cámara escuchó el relato del padre Damian Héctor Salvo y de su viuda, asi como el testimonio de dos enfermeros del Hospital Artémides Zatti que brindaron asistencia a Salvo el día del hecho.

En esta nueva instancia, la Cámara convocó a tres testigos más para la segunda audiencia, más los testimonios que serán incorporados por lectura, entre ellos el de la propia víctima del asalto Sergio Dato. Asimismo, el Tribunal dispuso que el día miércoles a las 13.00 horas sea el turno de los alegatos de las partes.

Según la investigación judicial, se tiene por acreditado que: “Jorge Luis Estevanacio, Nicolás Rubén Quintero, Fernando Javier Busto, Damián Héctor Salvo y Ángel David León Belmar, fueron quienes ese día (seis de mayo) a las 2,30, aproximadamente, habrían intentado apoderarse de bienes ajenos de propiedad de Sergio Ceferino Dato, sitio al que habrían arribado en el vehículo Ford Falcon presuntamente conducido por Estevanacio.

Previo al hecho, Quintero y Salvo habrían coordinado la acción, convocando a los restantes, a fin de proceder al robo con armas a Dato, situación en la que todos habrían estado de acuerdo en participar. El aporte de Estevanacio habría consistido en proveer el vehículo y trasladar hacia ese lugar, y esperar a los restantes, para luego sacarlos de la zona. A su vez, Quintero, Busto, Salvo y León Belmar serían los encargados del acometimiento directo.

En estas circunstancias, y en momentos en que Dato arribaba al lugar, hacia donde venían siguiéndolo en el Ford Falcon, portando armas de fuego -sin la debida autorización legal, y aptas para su funcionamiento, siendo una de ellas una carabina marca calibre 22 y otra una pistola 9mm, al menos dos de los pasajeros del Falcon –entre ellos Salvo- habrían intentado abordar a Dato en la vereda de su domicilio, cuando estacionaba su camioneta, ocasión en la que practicó una maniobra evasiva y en momentos en que se daba a la fuga, y con la intención de quitarle la vida a Dato, habrían disparado en siete oportunidades contra el vehículo, ocasión en la que uno de los proyectiles disparados impacta en Damián Héctor Salvo quien sufre una herida de bala con orificio de entrada a nivel occipital con pérdida de masa encefálica que ocasionó luego su deceso.

En la secuencia posterior, y en ocasión en que Jorge Luis Estevanacio junto al menos dos personas más entre los nombrados, habría trasladado a Damián Salvo al Hospital Zatti de Viedma, donde ingresaron a la fuerza dañando la puerta de entrada del Sector de Guardia y habrían amenazado mediante el uso de arma de fuego a un enfermero, quien fue obligado a actuar bajo esa coacción -con la ayuda de un colega- a bajar del Ford Falcon a Damian Héctor Salvo, y le obligaron a que le presten inmediata asistencia médica para luego darse a la fuga”.

Los cuatro imputados, todos detenidos, llegan al juicio procesados con prisión preventiva por los delitos de «homicidio en ocasión de robo en concurso ideal con homicidio en grado de tentativa, robo en grado de tentativa doblemente calificado por acometimiento con el uso de arma de fuego, por haber sido cometido en lugar poblado y en banda, en concurso real con la co-portación de un arma de fuego de uso civil y de guerra; coacción agravada por el uso de arma y daño en concurso real».