Desprotección de menores: desestiman argumentos de una jueza civil
Viedma (ADN).- Una jueza del fuero civil, comercial y minería de Viedma se declaró incompetente por interpretación jurídica para entender en las actuaciones que iniciaron tres defensoras de Menores para requerir al Ministerio de Desarrollo Social de Río Negro la implementación de medidas de contención de chicas y chicos de la capital provincial.
Pero, días después el Superior Tribunal de Justicia rechazó la remisión de las actuaciones efectuada por la jueza Gabriela Tamarit, titular del Juzgado Civil, Comercial y Minería Nº 1 de Viedma, y revocó su declaración de incompetencia, enviándole la documentación para que “pase a conocer y decidir respecto de la solicitud” de la causa.
Según consta en el expediente al cual accedió ADN, Tamarit entendió que el requerimiento de las defensoras de Menores Patricia Arias, Teresita Molaro y Cecilia Donate participa de la naturaleza jurídica de una acción de mandamiento de ejecución.
Las tres defensoras públicas de Menores interpusieron acción de amparo colectivo contra el Poder Ejecutivo Provincial (Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Niñez) para la implementación de acciones y programas, la jerarquización del área de protección integral, la adecuación de intervenciones técnicas y programas, el cierre del dispositivo Caina, la puesta en marcha de planes de contención y la reglamentación del protocolo administrativo de adopción.
Y al Ministerio de Salud Pública solicitaron tratamientos contra adicciones para jóvenes y la adecuación de dispositivos ambulatorios de atención y evaluación.
Por su parte, la Procuración General dictaminó que corresponde declarar la competencia de la titular del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 1 de Viedma, quien “resulta competente en razón de la naturaleza de la acción presentada y como juez de amparo elegido por las requirentes” defensoras de Menores.
Las tres funcionarias judiciales de Menores reclamaron ante “la ausencia de políticas públicas por parte del Ejecutivo de la Provincia” y acuden a la vía judicial a los fines de “obtener una respuesta inmediata hacia la reparación o restablecimiento cierto y eficaz de los derechos conculcados de los niños y adolescentes representados en el ejercicio de las facultades que posee el Ministerio Público”.