Desestiman apelación de obra social por asistencia a trasplantado

Bariloche (ADN).- No prosperó en la Justicia provincial el recurso de apelación que presentó la Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación contra la sentencia de un Juzgado de Bariloche que dispuso que suministre asistencia integral al hijo -trasplantado renal- de una asociada a la entidad gremial.

El recurso de apelación fue interpuesto y fundado por la abogada Romina Barreto, apoderada de la Obra Social UPCN contra la sentencia dictada por el titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 5 de Bariloche, Cristian Tau Anzoátegui.

Barreto se agravió por la condena a la cobertura integral de la medicación indicada y aseguró que “no hubo incumplimiento de su representada respecto de la medicación solicitada”.

Por su parte, la procuradora general del Poder Judicial, Silvia Baquero Lazcano, consideró que Tau Anzoátegui debió, con la celeridad que se le debe imprimir a este tipo de acciones de corte constitucional, munirse de mayores elementos en los que apoyar las pretensiones.

Señaló que el juez de amparo “ha contado con reducidos fundamentos para acreditar la imposibilidad del transplantado de poder concurrir a un restaurante a alimentarse o para trasladarse por vía terrestre hacia la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. No obstante, destacó que la demandada obra social “no ha desacreditado -con la contundencia necesaria- los argumentos vertidos en el fallo puesto en crisis”.

El juez barilonche había dispuesto que la obra social precitada otorgue pasajes aéreos para el amparado y un acompañante, a los fines de viajar a Buenos Aires para efectuar el control del trasplante renal que se le efectuó a Lucas Simón -hijo de la amparista- ordenando la cobertura del 100% de los medicamentos pedido, análisis y estudios que se requieran. Y también proveer de alojamiento y los gastos de traslado desde el alojamiento al centro asistencial donde deba concurrir.