Justicia evalúa acción de club de golf contra Municipalidad

Bariloche (ADN).- La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Bariloche intervendría en el análisis de un amparo por mora contra la Municipalidad local presentado por los abogados Alfredo Iwan y Alejandra Autelitano, en representación de Arelauquen Golf & Country Club SA (AG&CC) ante el Juzgado de Primera Instancia, a cargo del magistrado C. Tau Anzoátegui. Asi lo sugirió la Procuración General del Poder Judicial en un dictamen emitido el 9 de este mes.

Antes, el organismo analizó una cuestión de competencia suscitada entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 5 y la Cámara Civil, Comercial y de Minería, ambos de Bariloche .

Se mencionó que el amparo por mora está destinado a «que el municipio de San Carlos de Bariloche realice ciertas acciones sobre peticiones de naturaleza impositiva».

Desde la Procuración General se explicó que la figura del amparo por mora, prevista en la ordenanza municipal de San Carlos de Bariloche que, bajo la concurrencia de diversos requisitos, habilita expresamente la vía judicial destinada al libramiento de orden de pronto despacho.

“Claramente, esta figura permite al administrado acudir a la jurisdicción para promover el despacho o la respuesta no suministrada en tiempo razonable. Ello así en atención a que el silencio de la administración, en el procedimiento administrativo municipal, no tiene previsto efecto alguno, como sí lo posee en el ámbito provincial”.

“No obstante, debe quedar en claro que el objeto de este tipo de figura está esencialmente vinculado al quehacer de la administración pública y se ofrece como un remedio contra la mora de la misma en su obligación de resolver, lo cual lo aleja de las características propias de las acciones de neto corte constitucional contempladas tanto en la norma genérica del artículo 43 de la Constitución Provincial…”.

“De manera tal que, en mi opinión, ha de tenerse en cuenta el verdadero propósito de la figura sobre la cual, vale recalcar, que no está legislada en el orden provincial, sino sólo en el ámbito municipal”, consignó la procuradora general Silvia Baquero Lazcano.

La funcionaria judicial concluyó que, en su opinión, la cuestión de competencia suscitada deberá ser resuelta, estableciendo que le corresponde intervenir a la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de Bariloche.