Envían a la Legislatura proyecto para adherir a nueva Ley Federal de Hidrocarburos

Viedma.- El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, elevó a la Legislatura Provincial el proyecto con acuerdo de ministros propiciando la adhesión a la Ley Nacional Nº 27.007, modificatoria de las normas nacionales Nº 17.319 – Federal de Hidrocarburos – y Nº 25.943 -Creación Energía Argentina SA, y su consecuente modificación de la Ley Q Nº 4818, que estableciera las bases y condiciones para la renegociación de las concesiones hidrocarburíferas en el territorio provincial.

Dichas iniciativas serán tratadas en la sesión extraordinaria de la Legislatura Provincial convocada para el 30 de diciembre próximo, oportunidad en que se tratará también la ratificación de los acuerdos de renegociación, suscriptos en el marco de la citada Ley.

En primer término se plantea la adhesión Ley Nacional Nº 27.007 referida al nuevo régimen legal hidrocarburífero, en forma y con los alcances de la normativa nacional vigente.

La adhesión planteada se encuentra en relación y concordancia con el orden de supremacía constitucional, establecida en Constitución Nacional a través de los artículos 5º y 31°.

Asimismo, tal como lo reconoce la Constitución Nacional, es competencia del Poder Ejecutivo Nacional fijar la política nacional en materia de recursos naturales e hidrocarburos.

En este contexto, la Provincia de Río Negro, como integrante de la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI) en septiembre de 2014 firmó el “Acuerdo Federal para el Autoabastecimiento de Hidrocarburos Complemento Normativo de las Leyes 17.319 y 26.197 para la Explotación No Convencional y la Promoción de la Exploración y Explotación de Hidrocarburos”, en el cual se propicia la sanción de una Ley que, respetando la Ley Nacional Nº 26.197, modifique, actualice y complemente la Ley Nacional Nº 17.319.

Con la sanción de la denominada “Nueva Ley de Hidrocarburos” se modifica, actualiza y complementa la Ley Nacional Nº 17.319, otorgando un marco legal para actividades petroleras relativamente nuevas como la exploración de hidrocarburos no convencional y en el recurso off shore.

El objetivo es generar un proceso de inversiones en el marco de una política de abastecimiento de hidrocarburos, estableciendo reglas para la explotación convencional y no convencional de hidrocarburos, creando bases uniformes en los mecanismos de selección, instrumentos fiscales, tributarios y de promoción con la finalidad de asegurar un tratamiento igualitario y transparente que propicie la inversión, y su consecuente incremento de producción

En este sentido, se considera la necesidad de que la Provincia de Río Negro, como productora de hidrocarburos e integrante de la OFEPHI, adhiera a este nuevo Régimen, adoptando sus principios y propósitos.

Modificación Ley Q Nº 4818

La propuesta de modificación de la Ley Q Nº 4818 surge ante la necesidad de adecuar la legislación provincial al actual marco regulatorio de la política hidrocarburífera Nacional establecido por la Ley Nacional N° 27.007, sancionada el pasado 29 de octubre.

Con la sanción de la “Nueva Ley de Hidrocarburos” se modificó, actualizó y complementó la Ley Nacional Nº 17.319 con el objetivo de generar un proceso de inversiones en el marco de una política de abastecimiento de hidrocarburos.

Se establecieron reglas para la explotación convencional y no convencional de hidrocarburos. Además, se crearon bases uniformes en los mecanismos de selección, instrumentos fiscales, tributarios y de promoción con la finalidad de asegurar un tratamiento igualitario y transparente que propicie la inversión, y su consecuente incremento de producción.

Con las modificaciones propuestas se busca adecuar la legislación provincial a la nueva normativa nacional vigente, de manera tal que las renegociaciones de las concesiones hidrocarburíferas se realicen en cumplimiento con los principios rectores de la Política Nacional Hidrocarburífera y en armonía con la nueva línea impositiva acordada con la OFEPHI.

Cabe aclarar que el proyecto de ley presentado no vulnera en sentido alguno el espíritu de la Ley Q Nº 4818, en cuanto las bases y condiciones para la renegociación de las concesiones hidrocarburíferas en el territorio provincial, se enmarcan en la política nacional hidrocarburífera establecida en las Leyes Nacionales Nº 26.741 – de Soberanía Hidrocarburífera – y Nº 27.007 – de Modificaciones al Régimen de Ley de Hidrocarburos Ley Nº 17.319 -, estableciendo como política provincial, principios rectores de la citada legislación.

En concordancia con los objetivos de la Ley Nacional, las modificaciones propuestas conservan la finalidad de alcanzar un incremento de la producción y de las reservas a fin de contribuir desde esta Provincia al autoabastecimiento energético, lograr el aumento de inversiones, obtener incrementos en las regalías, y fortalecer las economías regionales a través de una mayor actividad y empleo. Todo ello en el marco de la protección y conservación del medio ambiente y una explotación racional de estos recursos no renovables.

En tal sentido, las modificaciones a la Ley Q Nº 4818 prevé cambios en las Bases y Condiciones de la Convocatoria Pública a Empresas Concesionarias; al tiempo que deja sin efecto la obligación por parte de la Concesionaria de abonar a la Provincia un “Adicional por Renta Extraordinaria”.

Asimismo, se prevé una modificación al artículo 12º, de la Ley Nº 4818, en el que se prevé un aporte complementario de petróleo y un aporte complementario de gas, los que no deberán ser inferiores a un 3% de la producción.