Por hurto de moto, hace cuatro años, intervinieron numerosos funcionarios

Villa Regina (ADN).- El Juzgado de Instrucción Nº 20 de Villa Regina tendría competencia, si es aceptado el dictamen de la Procuración General del Poder Judicial, para entender en las actuaciones iniciadas hace cuatro años por el robo de una motocicleta, del cual estaba sospechada una mujer. La titular de aquél organismo, Silvia Baquero Lazcano señaló “las vicisitudes del expediente”, aludiendo a la demora registrada para resolver el caso y la intervención de numerosos funcionarios de la Justicia.

La causa llegó a la procuradora por el conflicto de competencia entablado entre el Juzgado de Instrucción Nº 20 de Villa Regina y el Juzgado de Instrucción N° 6 de Cipolletti.

Las actuaciones se iniciaron en la Comisaría 5º de Villa Regina por la denuncia de hurto de un ciclomotor efectuada por la señora V. M. Q. en el año 2010. Las tramitaciones fueron reservadas y recobraron impulso en el año 2013, al solicitar la denunciante la entrega del vehículo que había sido secuestrado por el Juzgado de Faltas de Cipolletti en el año 2010.

En su oportunidad, fue indagada la persona a quien se le secuestró el vehículo y el juez del Juzgado de Instrucción Nº 20, Federico Dalsasso dictó el sobreseimiento de la misma, ordenando que se le corra vista al agente fiscal para que dictamine en orden a la competencia para entender en orden al presunto delito de encubrimiento.

Antes de ello, el representante del Ministerio Público Fiscal se había opuesto al sobreseimiento, solicitando que previo a resolverse la situación procesal, se citara a la imputada atribuyéndosele como acusación alternativa el delito de “encubrimiento agravado por el ánimo de lucro”.

Dictado el sobreseimiento, apeló tal determinación el agente fiscal Gastón César Pierroni, recurso que fue sostenido por la fiscal de Cámara, Laura Pérez y que motivó el pronunciamiento de la Cámara Tercera en lo Criminal de General Roca, que dispuso anular la resolución apelada y que siga la causa según su estado.

Vueltas las actuaciones al Juzgado de Instrucción Nº 20, Federico Dalsasso declaró su incompetencia, remitiendo las actuaciones al Juzgado de Instrucción en turno de Cipolletti.

Recibidas las actuaciones en el Juzgado de Instrucción N° 6 de esa misma ciudad el juez Gustavo Herrera receptó la opinión del agente fiscal Oscar Cid, quien propugnó la incompetencia del Juzgado, haciendo alusión a la alternatividad entre ambas infracciones y a que la determinación de la Cámara de General Roca, al anular el sobreseimiento, ha “implicado que aún no se ha resuelto la situación procesal de la imputada, motivo por el cual entiende que de aceptarse la competencia antes de que la misma sea resuelta, se estarían vulnerando garantías constitucionales·.

Herrera compartió tal temperamento declarando su incompetencia.

Radicadas nuevamente las actuaciones en el Juzgado de Dalsasso, el mismo decidió avocarse a la causa, no sin antes solicitar a la Cámara Criminal de General Roca que aclare el modo de proseguir con la misma, lo cual motivó el decreto, emitido por el presidente del Tribunal, doctor Sánchez Freytes.

Finalmente, consta que recibidas las actuaciones en el Juzgado de Instrucción de Villa Regina, la jueza subrogante Paola Santarelli, dispuso: “Habiendo rechazado el doctor Gustavo Herrera la incompetencia del suscripto y no compartiendo los fundamentos allí vertidos por el mismo, resuelvo: Remitir las presentes actuaciones al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro a fin de dirimir la cuestión de competencia”.

Por su parte, Baquero Lazcano se refirió previamente a “las vicisitudes del expediente, donde como quedó reseñado, tras la anulación del sobreseimiento dispuesta por la Cámara Tercera en lo Criminal, el magistrado de Instrucción de Villa Regina, en lugar de continuar con la tramitación, expuso sus diferencias con el órgano superior, declarando su incompetencia”.

“No obstante ello y tras la oposición a la radicación de la causa en la jurisdicción de Cipolletti, el mismo magistrado resolvió avocarse al expediente, no sin antes pedir aclaratoria al superior. Esto último derivó en el decreto, que tampoco contribuye a zanjar la cuestión, sobre todo a la luz de lo expresado por el juez”.

Baquero Lazcano acotó que “finalmente, vimos que la jueza subrogante del Juzgado de Instrucción de Villa Regina, resolvió remitir las presentes actuaciones a ese cuerpo, por no compartir el temperamento del juez de Instrucción de Cipolletti al rechazar la incompetencia, siendo que como viéramos, el titular del mismo Juzgado ya se había avocado a la causa luego de tal pronunciamiento del doctor Herrera, incluso pidiendo al superior jerárquico “que aclare” el modo de proseguir en la presente causa”.

“Más allá de lo señalado, que en mi opinión justificaría el llamado de atención de ese cuerpo acerca del tratamiento prodigado al trámite en cuestión, cierto es que a pesar de los avatares descriptos, el conflicto de competencia se ha trabado finalmente merced a la determinación de la jueza subrogante ya aludida”.

“En tal orden, y ocupándome ya de la controversia respectiva, iré adelantando que, desde mi óptica, la misma debe resolverse en favor de la continuidad de la causa por parte del Juzgado de Instrucción Nº 20 de la ciudad de Villa Regina”, concluyó la jefa de los fiscales rionegrinos. (ADN)