Justicia rionegrina extendió beneficio de litigar sin gastos por apelaciones ante Nación

Bariloche (ADN).- Las máximas autoridades de la Justicia rionegrina declararon que la tramitación del beneficio de litigar sin gastos para la interposición de quejas por recurso extraordinario federal denegado por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, es competencia de las Cámaras en lo Criminal que hayan actuado como Tribunal de Juicio.

En Bariloche y en otras localidades andinas se han registrado inconvenientes relacionados a la competencia de los tribunales que deben intervenir en el proceso de tramitación del referido beneficio.

Así lo dispone la acordada 16/2014, que refiere que mediante expediente N° SS-14-0063 caratulado: “Procuradora general sobre solicitud de criterios beneficio de litigar sin gastos” la defensora general, Rita Custet Llambí, solicitó que se unifiquen criterios en relación al beneficio de litigar sin gastos.

Mencionó que la tramitación de ese beneficio, y su posterior concesión, resulta necesaria para la exención de costas de los defendidos ante la presentación de quejas por recurso extraordinario denegado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La funcionaria judicial expresó también que si bien no han surgido inconvenientes en tramitar beneficios ante los tribunales de juicio y, con la remisión de sus resoluciones- la Corte ha tenido por cumplimentada la exigencia de acreditación de falta de recursos, quedando los defendidos excluidos de costas.

Se confirmó que en la Cuarta Circunscripción Judicial (Bariloche y otras localidades andinas) se han registrado inconvenientes relacionados a la competencia de los tribunales que deben intervenir en el proceso de tramitación del beneficio en cuestión, razón por la cual elevo la petición.

Por su parte, la procuradora general, Silvia Baquero Lazcano, compartió lo expuesto por Custet Llambí y propicio el dictado de una normativa que unifique criterios al respecto.

Luego de realizar un pormenorizado análisis de la solicitud, y de acuerdo a lo informado por las Cámaras del Crimen de las cuatro Circunscripciones Judiciales, se observó que la mayoría tiene como criterio tramitar el beneficio de litigar sin gastos por ante el Tribunal de Juicio y solo la Cámara Primera en lo Criminal de la Cuarta Circunscripción Judicial mantiene un criterio restrictivo respecto de la tramitación del mismo.

En consecuencia, el Superior Tribunal de Justicia considero necesario unificar criterios en relación al trámite del beneficio. (ADN)