Analizan en Tribunales participación de un chico basquetbolista en torneos

Viedma (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia confirmaría –si acepta un dictamen de la Procuración General- la resolución que dictó el juez viedmense Jorge Bustamante, quien rechazó el amparo que presentaron los padres de un chico que intenta participar en torneos regionales de básquet, aparentemente porque un club no lo incorporó a un equipo de Patagones.

Como antecedentes, M. Á. V. y A. P. P. en representación del hijo de ambos, D.A.V.P. con el patrocinio letrado del abogado Gustavo Ávila, interpusieron recurso de apelación contra la sentencia del juez del amparo, vocal de la sala B de la Cámara en lo Crimina de Viedmal, Jorge Bustamante, por la cual se rechazó la acción interpuesta.

Los padres del chico formularon acción de amparo destinada a que pueda ejercer el derecho constitucional de ejercer libremente una actividad deportiva y participar en eventos y torneos organizados por la Asociación de Basquetbol Valle Inferior de Río Negro, rectora del básquet asociado en Viedma-Carmen de Patagones.

Indicaron que al adolescente se le ha negado la posibilidad de integrar el plantel de la división U-19 del Club Atenas por no contar con la conformidad del Club Deportivo Patagones, para el que habría sido “fichado” hace tres o más años para volver a integrar el primer de los planteles mencionados, del cual formó parte durante los últimos dos años.

Mencionaron que la negativa se centra en que el pase no se solicitó antes de la fecha acordada para su formalización, esto es el 31-12-2013 y agregaron que en virtud del carácter temporario del pase, la Asociación a fin de realizar una excepción solicitó la conformidad a todos los clubes, los que, a su turno, se expresaron afirmativamente salvo el Club Deportivo Patagones.

Por su parte, la Asociación expresó que, de conformidad al reglamento de pases, los interesados deben presentarse abonando un arancel y que el ingreso puede limitarse al período de habilitación lo cual, en este caso, sucedió en el 13-04-2014.

Sin perjuicio de ello, manifestó que “si bien existe la negativa del pase para jugar en el Club Atenas, ello resulta únicamente para el campeonato local de la Asociación pero no le impide jugar por el mencionado club campeonatos provinciales, regionales, argentinos y amistosos”.

En tanto, Bustamante entendió que el niño tiene derecho a realizar su actividad deportiva donde el mismo quiera, sin que ningún club pueda ser dueño de su pase ni necesitar consentimiento para “pasar”, pero reconoció que el escollo se encuentra en las fechas topes para realizar la habilitación.

“Si bien no se desconoce el derecho del joven -el que extensamente se consagra en el fallo en análisis- entiende el juez del amparo (Bustamante) que los reglamentos deportivos fijan sus propias normas las cuales no deben ser vulneradas y que en ese marco el joven fue inscripto fuera de término, escollo que no puede ser superado”.

Pero, los padres del chico se agraviaron invocando error de hecho al tener por acreditada la inscripción extemporánea e indicaron que el reglamento aplicable en el fallo no es el correcto.

Entendieron que no debía acreditar ningún requisito para ser incluido en la planilla del Club Atenas y que habían transcurrido dos temporadas completas sin que el niño milite en el Club Deportivo Patagones. En consecuencia habiéndose verificado la condición prevista en inciso a) del artículo 13 del reglamento nacional de pases no era, a su criterio, necesario realizar pase alguno.

Después, la Asociación expuso la improcedencia del recurso, manifestándose con relación a la interpretación que corresponde darle a la normativa aplicable y reiteró la circunstancia de haberse presentado fuera de término el pase para quedar habilitado en el campeonato local. En definitiva, que el niño puede jugar otros campeonatos y mencionó que, en este estadio del trámite los amparistas pretenden introducir nuevas cuestiones no expuestas inicialmente.

Agregó que el niño no ha dejado de jugar, por lo cual no se encuentra planteada la situación de inactividad.

Por su parte, la procuradora general del Poder Judicial, Silvia Baquero Lazcano, entre otras extensas consideraciones, sustentó que “la acción intentada se debe a un yerro propio de la administración del Club, sin violación de garantía constitucional alguna y que eventualmente podría ser subsanada para el comienzo de la próxima temporada deportiva”. (ADN)

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