Acuerdo con Petrobras: Para Díaz se debe actuar con responsabilidad, no por urgencias económicas

Viedma.- La Defensora del Pueblo, Nadina Díaz, manifestó que los rionegrinos “debemos ser muy cautos con la renegociación de los contratos petroleros porque son muchos los aspectos que merecen especial cuidado”.

En ese sentido enumeró algunos puntos centrales que deben ser tenidos en cuenta como las inversiones a realizar por parte de la empresa, plazos de concesión, cantidad y destino del dinero que ingrese a la provincia, consecuencias en el ecosistema, estudios de impacto ambiental, remediación o sanciones en casos de contaminación”.

Nadina Díaz recordó que “ya han manifestado otros sectores de la vida institucional de la provincia afirmando rotundamente que no debemos hipotecar el futuro de los rionegrinos”, porque se trata de “un recurso no renovable sobre el cual debemos obtener el mayor beneficio posible para nuestra provincia”.

Dijo que “la Legislatura es el ámbito lógico y propicio para que nuestros representantes debatan, discutan y analicen las cuestiones que importan a los ciudadanos. Por lo tanto, -expresó- no comparto que la legislatura solamente pueda aprobar o rechazar el proyecto, pero no discutirlo. Nuestros legisladores están en ese sitio porque el pueblo los eligió, por lo tanto, tienen la responsabilidad y la obligación de estudiar, criticar, proponer las correcciones que crean necesarias o aprobar de manera íntegra si están de acuerdo”.

En efecto, la Ley Q 4818 de Bases y Condiciones para la renegociación de concesiones hidrocarburíferas dice claramente que los acuerdos serán elevados por el Poder Ejecutivo a la Legislatura para su consideración y ratificación.

Otro de los temas que no podemos dejar de señalar es la intención del gobierno de dar por finalizada una causa judicial para que Petrobras remedie daños ambientales.

El artículo 2º del convenio propuesto, en el marco de las declaraciones y garantías, establece que la Provincia declara y garantiza a la empresa que:

“2.2.2. La celebración, otorgamiento y cumplimiento del presente acuerdo no vulnera ninguna disposición de la normativa aplicable, así como ninguna resolución, decisión o fallo de ninguna autoridad estatal y/o judicial nacional o provincial. En particular, la PROVINCIA declara y garantiza que la extensión de las concesiones se rige por las Leyes Nacionales Nº 17319 y Nº 26197.”

“2.2.3. No hay ninguna acción, juicio, reclamo, demanda, auditoria, arbitraje, investigación o procedimiento (ya sea civil, penal, administrativo, de instrucción o de otro tipo) que impida a la PROVINCIA la firma del presente Acuerdo.”

Asimismo el Artículo 3.12 del convenio propuesto dice: “Medio Ambiente: … la PROVINCIA manifiesta su plena conformidad con los planes de remediación ambiental propuestos por la CONCESIONARIA, razón por la cual LAS PARTES se comprometen y facultan mutuamente para solicitar en el proceso judicial iniciado por ante la Cámara de Apelaciones, Secretaría 1° de la ciudad de Cipolletti, autos “Fiscalía de Estado de la Provincia de Río Negro c/ Petrobras Argentina S.A. s/Amparo (cc)” (Expediente N° 2336-SC-13) la homologación judicial del compromiso asumido en el presente.

Cabe dejar expresamente claro que la Fiscalía de Estado presentó amparo ambiental (acción de prevención) el 4 de octubre de 2013 a los efectos de que Petrobras cese con sus acciones y omisiones generadoras de contaminación ambiental en las explotaciones de 25 de mayo-Medanito SE, Jagüel de los Machos y Río Neuquén.

La Provincia manifiesta que la empresa evidencia un inadecuado mantenimiento y conservación de las instalaciones, falta de acopio y disposición final de residuos, inadecuado abandono de los pozos e instalaciones en desuso. Se imputa a Petrobras mala actuación en la prevención de derrames, filtraciones e incidentes que dañan el ambiente.

Esta actuación del Estado provincial, nos deja dos preguntas:

-¿Por qué la Provincia pide que actúe el Poder Judicial, cuando es ella la encargada de actuar desde su rol de administrador y efectuar el control ambiental correspondiente?

-¿Por qué se firma un acuerdo de renegociación con una empresa a la que unos días antes, se la demandó por amparo ambiental (RECORDEMOS 4 de octubre 2013)?

Desconocemos si se efectuaron auditorias técnicas de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, del Departamento Provincial de Aguas o de algún otro organismo, que hayan monitoreado, controlado o analizado la determinación efectuada por Petrobras de los pasivos ambientales en las áreas de explotación.

Tampoco es un dato menor que existan falencias respecto de quiénes deben ser las partes firmantes del contrato.

El ACUERDO debe ser firmado por el Sr. Gobernador, quien es el representante legal de la Provincia, y es el sujeto habilitado que puede obligar constitucional, legal, y legítimamente al estado provincial.

Recordemos que la Ley Q 4818 en su art. 2 faculta “…al Poder Ejecutivo para que a través de la Secretaría de Estado de Energía renegocie las concesiones hidrocarburíferas correspondientes a las empresas inscriptas en el Registro Provincial de Renegociaciones de Áreas Hidrocarburíferas.”

Ello no implica que el Secretario de Energía sea el sujeto legalmente habilitado para obligar al Estado contractualmente. Estar autorizado para renegociar no implica estar autorizado para firmar.

Por su parte Petrobras Argentina suscribió contrato por intermedio de apoderado, sin que surjan las constancias y alcances de su poder; es decir:

-¿El poder fue otorgado por el Directorio?;
-¿Alcanza la potestad de suscribir contratos?
-¿Comprende la facultad para generar obligaciones legales para la empresa?

Finalmente se plasma en el texto contractual en la cláusula 3.2. que: “…La CONCESIONARIA hará sus mejores esfuerzos para realizar dicho aporte (se refiere al aporte al Desarrollo Social y Fortalecimiento Institucional) en un lapso de hasta 18 meses a partir de la aprobación del Acuerdo por la Legislatura, siempre que la clase de bienes a entregarse admita tales plazos y se cuente con los correspondientes permisos y especificaciones de los bienes.”

Es absolutamente llamativo cómo una expresión de “buenas intenciones” (es decir que Petrobras …hará sus mejores esfuerzos…) tendrá la suficiente entidad como para exigir contractualmente que la empresa cumpla con esta obligación que así se torna ilusoria.

“Hoy más que nunca la provincia debe actuar con responsabilidad y coherencia –dijo la Defensora- no podemos aceptar que en un contrato que pretende ser serio y que compromete importantes recursos naturales no renovables se admitan como compromisos a cumplir por parte de la empresa, expresiones de “buenas intenciones” como las que recién exponíamos. O la decisión de dejar sin efecto una demanda judicial por contaminación. Si esta situación era lo suficientemente grave para interponer una acción de amparo ante la Justicia por haberse afectado de manera considerable nuestra tierra y por consiguiente a nuestros vecinos, no podemos entender por qué ahora tenemos que cambiar esa postura de resguardo ambiental, es decir no podemos permitir que la necesidad económica, nos haga resignar derechos que son innegociables. El Estado rionegrino y nosotros, sus habitantes, somos los dueños y por ende, responsables tanto del recurso como del cuidado del medioambiente”.