Jueces superiores confirman dura condena por crimen de Acuña

Cipolletti (ADN).- El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena de 10 años y 8 meses de cárcel que la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti le impuso a Claudio Alejandro Curaqueo por el delito de violación de domicilio y homicidio agravado por el uso de arma de fuego.

La defensa del imputado afirmó que “Curaqueo no captó, al examinar la situación, si el acto que estaba llevando a cabo violaba la norma impuesta. Es decir que desde el momento que ve a su hermano yaciendo en el piso en un charco de sangre, creído muerto, perdió la conciencia de la antijuridicidad material”. Curaqueo habría atacado en presunta reacción al ver herido a su propio hermano.

En el expediente judicial consta que el 8 de abril de 2012, aproximadamente a las 21, Curaqueo, “con la colaboración necesaria de otro, quien trasladó al primero en su motocicleta hasta la calle pública Nº 2 a la altura del Nº 3446 del barrio Rincón de Marleta de la ciudad de Cinco Saltos, oportunidad en la cual ambos descendieron e ingresaron a la casa”.

Curaqueo, que portaba un arma calibre 32, sin la debida autorización legal para hacerlo, irrumpió en el interior de la vivienda y efectuó seis disparos sobre Tomás Acuña, matándolo. Luego, el atacante abordó nuevamente la motocicleta conducida por otra persona y ambos se dieron a la fuga.

Ahora, la jueza superior Adriana Zaratiegui dijo que la defensa del acusado no se agravia por la materialidad establecida ni por la autoría que se acusa a Curaqueo, sino que centraliza su crítica en “la determinación de su capacidad de reprochabilidad, porque considera que padecía al momento de los hechos un trastorno mental transitorio y, entonces, corresponde aplicarle el artículo 34 del Código Penal; subsidiariamente, solicita el mínimo de la pena prevista para la figura atenuada del artículo 81 inc. 1º del mismo cuerpo normativo”.

Entre otras consideraciones, Zaratiegui describió que el Tribunal cipoleño dio cuenta de una disputa previa entre el imputado y la víctima, que se trenzaron en una suerte de lucha, en una esquina, cuando el primero encontró a su hermano herido y sangrante.

También tiene por acreditado que el imputado amenazó y tiró piedras contra quienes entendía habían agredido a su hermano y posteriormente se dirigió en una motocicleta, como acompañante del conductor, hacia la vivienda de la víctima, donde, al arribar, primero efectuó un disparo de arma de fuego que ingresó por la ventana de la vivienda, luego pateó y rompió su puerta de chapa y al entrar solamente hirió a la víctima, pese a que se encontraban otras personas junto a ella y le exigió que “le pidiera perdón de rodillas por lo hecho”.

El juzgador estableció que luego le disparó, salió corriendo, se subió a la moto, cuyo conductor lo estaba esperando, y se fue, agregó la jueza superior que, además, desestimó la eventual existencia de un estado de emoción violenta en el imputado. (ADN)