Ratifican leve condena a guía de montaña por la muerte de un joven

Bariloche (ADN).- La Justicia provincial confirmó la sentencia del Juzgado Correccional Nº 8 de Bariloche, que no hizo lugar al pedido de suspensión de juicio a prueba a favor de un guía en excursiones de trekking y montaña y le impuso tres años de prisión de ejecución condicional y siete años de inhabilitación especial para la tarea por el delito de homicidio culposo.

Se atribuyó a Jorge Alberto Álvarez, docente de Villa Martelli, provincia de Buenos Aires,, haber causado, por conducta «antirreglamentaria, imprudente y negligente», la muerte del estudiante Martin Andrés Filipic el 30 de octubre de 2008, al momento de realizar una excursión formando parte de un grupo de jóvenes de escuelas bonaerenses que realizaban un viaje de fin de curso.

En una resolución emitida el viernes pasado, el máximo organismo judicial rionegrino ratificó la sentencia del Juzgado Correccional barilochense del 15 de marzo del año pasado.

La defensa del imputado, entre otras cuestiones, explicó que “el ofrecimiento económico fue efectuado en atención a la situación de Jorge Alberto Álvarez y constituye una demostración sincera y seria de su voluntad de reparar el daño en la medida de sus posibilidades” y planteó que su defendido “permanece dispuesto a aceptar las reglas de conducta que le fije el Tribunal y mencionó los efectos disvaliosos de la pena, que consideró excesiva”.

Una de las juezas del máximo Tribunal refirió que “uno de los requisitos para el otorgamiento de la suspensión del juicio a prueba es el ofrecimiento de una reparación razonable, en la medida de las posibilidades del imputado y, para los fines de evaluar dicha razonabilidad, no han de tenerse en cuenta exclusivamente las sumas de dinero ofrecidas por el imputado, sino también otros modos de reparación, cual la actitud asumida frente a la víctima o sus derechohabientes”.

Observó que el imputado “nunca ofreció sus condolencias o alguna muestra de aflicción a los padres de Martín Filipic, fallecido mientras se encontraba bajo su custodia y guardia. Su actitud para con los padres de este joven estudiante es comparable a la irresponsabilidad con la que se manejó desde que inició la travesía del Refugio Laguna Negra. Tan ostensible esta falta de conciencia que utilizó la última palabra del juicio para recomendarle al agente fiscal como efectuar su trabajo o cuestionar a quienes le aconsejaron no efectuar esta excursión”.

Según consta en el expediente, los padres de la víctima hicieron notar que “en todo este tiempo (el imputado) no ha tenido la valentía ni el coraje de enfrentarnos y pedirnos perdón por lo acontecido, como tampoco ha dado ninguna señal de arrepentimiento”.

ADN