Afirman que no hay pruebas que un abusador haya sufrido igual delito

Cipolletti (ADN).- La jueza superior Adriana Zaratiegui, aludiendo a la explicación que dio el abogado defensor de un violador que sufrió “pena natural”, por supuesto abuso sexual dentro de la cárcel, afirmó que en la causa no hay documentación alguna que sustente tal situación.

“La alegación de que P. (el violador de una joven) sufrió una pena natural se basa en los supuestos hechos de los que habría sido víctima en su lugar de detención, los que habrían sido denunciados ante la autoridad correspondiente, circunstancias esta que no halla otro sustento que los propios dichos del imputado, en tanto no se ha arrimado documental alguna en abono de tales afirmaciones, lo cual conspira contra su consideración”.

Zaratiegui explicó no observar “que los supuestos padecimientos físicos y psíquicos alegados estén directamente relacionados con el hecho delictivo por el que se lo juzgó, además de que no habría autolesión ni a su persona ni a sus derechos”.

“Es que la pena natural importa la autocausación de un mal producto del propio delito y significa una respuesta casi siempre inmediata, cuyo efecto sancionador viene a compensar la necesidad de pena, la que se visualiza ya como innecesaria, ya como intolerable, nada de lo cual se verifica en el supuesto de autos”, describió la magistrada, quien recientemente se desempeñó como fiscal de la Cámara del Crimen de Viedma.

Describió que “este Superior Tribunal ha aclarado que la aplicación de este tipo de pena, suprimiendo o morigerando la de tipo legal que habría correspondido al hecho, solo puede tener lugar en supuestos sumamente excepcionales, por razones de política criminal, generalmente vinculados con delitos culposos, que no se corresponden con las circunstancias probadas en este expediente”.

En cuanto a las circunstancias que, según invocó la defensa del violador, dijo Zaratiegui que “no fueron valoradas como atenuantes (la confesión del hecho, la mayoría de edad de la víctima, el hecho de que el delito no fuera cometido en horario nocturno, el carácter leve de las lesiones de la víctima, la comisión de una única violación por vía vaginal y no anal, y el lugar del hecho, en pleno centro de Cipolletti), no advierto ni se explica por qué deben ser atenuantes”. (ADN)

 

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