Aclara nota oscura

Con relación al artículo publicado con fecha 24-05-13 titulado «Cruces de agravios entre abogados y severo llamado de atención de juez», toda vez que estoy involucrado en la misma, y dado que la noticia es por demás imprecisa y oscura deseo efectuar las siguientes aclaraciones que sean de una fácil comprensión para el lector.

Se trata de una multa procesal impuesta por un Juez en contra de una de las partes del juicio y su abogado. El fundamento de la misma es haber invocado como fundamento de su presentación un hecho que no respondía a la realidad: una mentira, en términos llanos. Ello con el objeto de perjudicar el desarrollo del juicio.

 El hecho en cuestión es haber manifestado que un lote de terreno embargado por una deuda se encontraba ocupado por una supuesta comunidad indígena cuando de la constatación efectuada por el martillero previa a la subasta surgía sin ningún tipo de dudas que se encontraba desocupado. Esa manifestación fué efectuada en el expediente por la parte y su letrada cuando ya estaba agregado el referido mandamiento del cual surgía la realidad: el terreno estaba desocupado.

Es decir no existe razón que justifique ese proceder. Por si ello fuera poco yo agregué un acta labrada por escribano público con fotografías de la cual surgía sin dudas que el terreno era un baldío, no encontrándose ocupado por persona alguna. En virtud de esa mentira invocada en el juicio tendiente a impedir, dificultar o demorar el remate del terreno se impuso a la parte y a su abogada, y a mi pedido, una multa procesal prevista en el art. 45 del Código Procesal Civil y Comercial de Río Negro.

La imposición de la multa fué apelada por la letrada y confirmada por la Cámara de Apelaciones expresándose el camarista Dr. Martinez con mucha crudeza pero también mucha precisión respecto del tema sujeto a su decisión.

Nada tienen que ver aquí los derechos de los pueblos originarios. Tampoco han existido agravios entre abogados, el agravio en el derecho tiene otra connotación.

Es por lo expuesto y tendiente a aclarar el contenido de la noticia publicada que solicito se publique el presente.

Atte.

Dino Daniel Maugeri

DNI 13.993.727