Por fallo judicial, mujer debe incrementar cuota alimentaria a sus hijos

Roca (ADN).- Una mujer tendrá que incrementar un 25 por ciento la cuota alimentaria a sus hijos de 12 y 17 años, cuya tenencia está a cargo del padre, con quien viven los chicos. El caso ya fue examinado en octubre del año pasado por la Justicia, mientras que este mes la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca confirmó el fallo. Las actuaciones se iniciaron cuando el hombre demandó a ex mujer por aumento de cuota alimentaria. Ambos tienen trabajo.

El caso vincula a dos menores, de 12 y 17 años, cuya tenencia ejercería el padre (la madre sostiene que es compartida), quien los representó en la interposición de la demanda y actos subsiguientes, con la madre a quien se le reclamó aumento de la cuota alimentaria.

Hace más de tres años pactaron una cuota del 15 por ciento de los ingresos que la mujer tiene como empleada y se interpuso demanda para que la cuota subiera al 35 por ciento. Una jueza hizo lugar al incremento, pero solo en el 25 por ciento, indicando además que lo que pudiere ser motivo de gastos extraordinarios se reclamen y liquiden en forma separada.

“En realidad, no hay tantas cuentas que hacer”, afirmó en la resolución el juez Gustavo Martínez. “Por los dos únicos hijos que quedan en principio con crédito alimentario, de una cuota pactada inicialmente en un 15 por ciento se la elevó en un 10 por ciento más, lo que no podría decirse que afecte mayormente la situación económica de la recurrente, no ubicándose por arriba de lo que se acuerda en general”.

“El pase de los hijos de la niñez a la adolescencia importa de ordinario un mayor gasto y, si bien el padre tiene mayores ingresos que la madre, en el comparativo de la contribución que realizan, no puede decirse que ésta última aporte proporcionalmente más”, agregó el magistrado.

Consideró que debe observarse que, aún cuando la vivienda que antes fuera el hogar conyugal y de los niños y ahora sólo es ocupada por la madre, sea en forma exclusiva de ella (hay testimonios que abonan la realización de importantes mejoras en el inmueble durante la relación de pareja),  importa para la mujer un incremento de sus disponibilidades.

“Por el contrario, el padre que debió dejar la casa junto con los alimentados, se ve constreñido a alquilar. Y alquilar no sólo para él, sino también para aquéllos, con lo que además de ver restringidos sus ingresos, está realizando un aporte alimentario concreto y de significación”, añadió Martínez.

“Los gastos de alimentación y vestimenta, que son indudablemente los mayores gastos, también estarían a cargo del padre, toda vez que la cuota que venía abonando la madre no puede decirse que cubra más que las cuotas de colegio y los libros y enseres necesarios a juzgar por los informes y pruebas colectadas. Salud, esparcimiento, movilidad, comunicación, tampoco pueden considerarse cubiertos por aquella cuota”.

“Estamos en el caso de dos adolescentes que como ha quedado acreditado, realizan también actividades extra escolares, como inglés y deportes, que no podemos considerar que no insuman recursos, que obviamente también deben afrontar los padres y para lo que la madre debiera contribuir”, constituyen otras fundamentaciones de la reciente resolución judicial. (ADN)

 

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