Justicia absolvió a empresario acusado de realizar “maniobras ardidosas”
Viedma (ADN).- La resolución de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti de absolver de culpa y cargo a un empresario acusado inicialmente del delito de estafa, fue confirmada por el Superior Tribunal de Justicia. Raúl Pedro Tacco, responsable legal de la empresa Vita SA, fue señalado inicialmente ante la Justicia de desplegar “maniobras ardidosas”, en febrero de 2004, con el alquiler de una máquina topadora.
El 10 de julio, la Cámara cipoleña absolvió a Tacco y en octubre el Superior Tribunal de Justicia ratificó la resolución.
Precisamente en la medida adoptada, la Cámara Segunda en lo Criminal sustentó que la prueba analizada por el presunto afectado por la estafa “poco o nada tiene que ver con el hecho acusado al imputado” y explicó que “el negocio del querellante fue con Mario Barra, quien vendió la maquinaria y cobró una parte de ella y agrega que la actuación de Guevara fue posterior a la entrega voluntaria de la máquina que hizo Domingo Alberto Massa”.
Una información oficial distribuida el 25 de junio pasado detalló que “Raúl Pedro Tacco, responsable legal de la empresa Vita SA, aprovechándose de la relación personal que lo unía con el perjudicado y la confianza que éste le dispensaba, le presentó a Mario Barra –hoy prófugo- y con su intervención y sus gestiones desplegaron maniobras ardidosas”.
“De esa manera lograron que la víctima acordara con Barra un contrato de locación de una máquina topadora marca Caterpiller Modelo D8K 77V-6265, de propiedad del denunciante, aduciendo que la misma sería afectada a tareas de movimiento de suelo para la forestación en el área de gas Medanito de la ciudad de Catriel. Las partes habrían convenido un precio de alquiler diario de 186 pesos”.
“Con la excusa de efectuar una previa verificación técnica requerida para su aceptación y sin que se haya formalizado el contrato de locación, los imputados convencieron a la víctima que debían trasladar la máquina a esa ciudad, lo desapoderaron de dicho bien toda vez que a la fecha no le fue devuelta, ocasionándole con su obrar un real perjuicio económico, oportunamente calificado como estafa”.
“Al momento de los alegatos, el abogado de la querella, Guillermo Moyano, dio por acreditado el hecho y fundamentó que tiene a Tacco como coautor del delito de estafa porque defrauda a la víctima valiéndose de abuso de confianza, por un plan común y cada uno con su roles y sabían el destino final de la máquina. Por eso entiende que el delito se tipifica como estafa».
“Solicitó un año de prisión en suspenso. Por su parte, la fiscal de Cámara subrogante Silvana García concluyó que «Barra sólo no pudo hacer solo todo eso, Tacco tuvo varias participaciones y actividad para ese negocio, por lo que la Fiscalía no tiene duda que este plan común pergeñado por ambos se lleva a cabo con el solo fin de quitar la máquina a la víctima para su venta. Con Tacco al medio pudo Barra hacerse de la máquina.
Tacco capta la atención de la víctima proponiendo un negocio lícito con una persona que él avalo. Sin la participación de Tacco, Barra jamás pudo llevar adelante el negocio». Por ello la fiscal pidió que el acusado sea condenado a la pena de un año de prisión en suspenso por considerarlo coautor del delito estafa más la imposición de las reglas de conducta”.
“Finalmente, el defensor particular Hernán Elizondo solicitó la absolución para su asistido”. (ADN)