Reafirman que ex sargento no trabajó para gremio gastronómico

Viedma (ADN).– Un sargento retirado, condenado hace 10 años por graves delitos, inició demanda laboral contra el gremio gastronómico UTHGRA, pero la Justicia concluyó que no mantuvo vínculo de trabajo con esa entidad, sino que ésta le facilitó una oficina para que realizara gestiones particulares con la intención de ayudarlo a reinsertarse en la sociedad luego que estuvo privado de su libertad.

Hace 10 años, Oscar Osvaldo R. fue sentenciado a cuatro años de prisión e inhabilitación para conducir vehículos por ocho años por la muerte de un motociclista en Viedma y, por otra parte, fue condenado a cinco años y medio por amenazas contra empleados de una estación de servicio local.

Hace poco, la Cámara del Trabajo de Viedma rechazó la demanda entablada en reclamo de diferencias salariales, indemnizaciones derivadas del despido y del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, lo cual motivó que R. interpusiera recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley cuya denegación dio origen a la presentación de la queja ahora en estudio.

Ese Tribunal laboral concluyó que aquél no mantuvo un vínculo laboral con la UTHGRA, sino ésta le facilitó una oficina dentro del sindicato para que realizara gestiones particulares con la intención de ayudarlo a reinsertarse dentro de la sociedad luego de que estuviera privado de su libertad.

Pero, el ex sargento argumentó que el Tribunal realizó “una absurda y arbitraria ponderación de los elementos probatorios obrantes en la causa, principalmente de los testimonios brindados en la audiencia, donde se acreditó sobradamente la prestación de servicios para el gremio”.

Resaltó que las declaraciones ponían en evidencia sus tareas en favor del sindicato, como inspecciones, reuniones, cursos de capacitación, trámites para la instalación de consultorios y la percepción de un salario como contraprestación de manos del propio secretario general de la entidad gremial.

A su turno, el Tribunal denegó el recurso con fundamento en que los cuestionamientos realizados por R. versaban sobre cuestiones de hecho y prueba exentas de revisión en la instancia extraordinaria, salvo “demostración palmaria de arbitrariedad o absurdidad que no se advertían configurados”.

La semana pasada, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de queja interpuesto por R. (ADN)