Odarda pidió intervención de la defensora del Pueblo por violación de Ley de Ética de órganos de control

Viedma.- La Legisladora del Bloque Progresista CC-ARI elevó una nota a la Defensora del Pueblo de la Provincia, Nadina Díaz “con el fin de pedir su intervención en relación a la presunta violación de la Ley de Etica Pública L Nº 3550, Ley K Nº 2747, Ley K Nº 2394, y la Constitución provincial, por parte del Fiscal de Investigaciones Administrativas y de los miembros del Tribunal de Cuentas provincial”.

 

“El incumplimiento a las normas que denuncio, está relacionado con la creación de la línea política-partidaria interna del FpV, que apoya al gobernador Weretilnek, denominada la “25 de Septiembre”, que desde su conformación, tendría entre sus filas al Fiscal de Investigaciones Administrativas Marcelo Ponzone y a los miembros del Tribunal de Cuentas Provincial Juan Huentelaf, Mario Sabatella y Erika Acosta; según consta en la nota publicada por el Diario Río Negro del 30 de agosto y la del Diario Noticias de la Costa del 31 de agosto, ambas del 2012, dejando manifiesto el vínculo entre el gobierno y quienes deben controlar las acciones del mismo”, expresó la parlamentaria progresista.

 

Además, subrayó que: “De esta forma se estaría violando la Ley de Etica Pública Nº 3550, la que considera como principios básicos: “la idoneidad y honestidad para el desempeño de cargos; el resguardo de la calidad institucional del Estado Provincial y el derecho a la información de la ciudadanía; el fortalecimiento del sistema democrático de gobierno, cumpliendo y haciendo cumplir la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y las leyes; la promoción del bienestar general, priorizando en todas las acciones los intereses del Estado, privilegiando el beneficio público por sobre el particular y la garantía de mayor transparencia, registro y publicidad de los actos públicos”.

 

Asimismo, la Legisladora también fundamentó en su misiva que “La Constitución provincial determina que “Corresponde al Defensor del Pueblo la defensa de los derechos individuales y colectivos frente a los actos, hechos u omisiones de la administración pública provincial. …” artículo  167.

 

A su vez, la Ley K Nº 2756, artículo 9º, inc. a) determina que las funciones del Defensor del Pueblo, son “La protección y defensa de los derechos individuales y colectivos frente a los actos, hechos u omisiones de la administración pública provincial, que impliquen el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente, gravemente inconveniente o inoportuno de sus funciones”.

 

“Respecto al Tribunal de Cuentas, la Ley Nº 2747 dice que los integrantes tienen las mismas prohibiciones que los jueces (artículo 3º), las que se encuentran en el artículo 201 de la Constitución Provincial, que prohíbe “ realizar actos que comprometan la imparcialidad de sus funciones; participar en política partidaria; ejercer profesión o empleo, con excepción de la docencia o investigación             según la reglamentación”, agrega Odarda en la nota elevada a Nadina Díaz, defensora del Pueblo.

 

Por otra parte, sobre el Fiscal de Investigaciones Administrativas, la Constitución Provincial determina en  el artículo 6º de la Ley Nº 2394 que “Los miembros de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas, estarán sometidos a todos los deberes, obligaciones, inhabilidades e incompatibilidades que la ley impone a aquellos funcionarios a quienes estuvieren equiparados en cuanto a jerarquía y retribución teniendo sus mismos derechos”.

 

“El papel de los Organos de Control Externo del Estado es ejercer su influencia para que la gestión se desarrolle con legalidad, transparencia, eficacia y eficiencia. También es imprescindible resguardar el patrimonio del Estado y sobre todo, disponer de una independencia jerárquica, funcional y financiera que permita un control con independencia de criterio, sin presiones, atendiendo objetivamente a los derechos de los ciudadanos. Cuando se evidencia un vínculo estrecho entre el controlado y el controlador, se están violando normas que regulan la funcionalidad de las instituciones democráticas y ello debe ser sancionado convenientemente. Del análisis de todo lo expuesto, es posible observar la presunta violación de las normas mencionadas y de la misma Constitución provincial”, concluye la parlamentaria progresista en la presentación realizada a la Defensora del Pueblo.

 

PRENSA BLOQUE PROGRESISTA CC-ARI RN