Reforma del Consejo de la Magistratura se analizó en asamblea nacional del sector

Santa Fe.- La presidenta del CMFRN, la Dra. Adriana Zaratiegui, representó a la
provincia de Río Negro y expuso las preocupaciones de la Comisión sobre temas tales como la reforma de la Ley del Consejo de la Magistratura y la independencia judicial, en una jornada de la que participaron jueces de todo el país llevada a cabo en la ciudad de Santa Fe.Entre los temas que compusieron la agenda de la Asamblea se incluyeron: la actividad judicial propiamente dicha, los consejos de la magistratura, las designación de jueces, la equiparación salarial, etc.; temas que conciernen y preocupan a todos los colegios del país.

La propuesta de Río Negro se refirió a la reforma de la ley del Consejo de la  agistratura (ley K 2434) por entender que en la misma debieran separarse las instancias de instrucción por una lado y las de juzgamiento por el otro. En la actualidad es el mismo Consejo el que decide instruir sumario, el que evalúa las conclusiones del mismo decidiendo si se pasa o no a juicio y también es el que actúa en ese juicio; afectándose claramente la imparcialidad.

 

También vinculado con el tema de la imparcialidad se expuso que la ley debe prever, como en otras provincias, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Nación, el tema de incompatibilidades e inhabilidades de los miembros que integran el Consejo, bregando por el respeto del debido proceso legal. Y se aprovechó la ocasión para recordar las palabras del Dr. Lorenzetti vertidas en ocasión del Primer Encuentro Nacional de Jueces en relación a la independencia judicial: «La amenaza de destitución por cualquier medio, directo o indirecto, frente a sentencias que no conforman a un determinado grupo constituyen en una afectación de esa garantía y una seria lesión a
la independencia del Poder Judicial».

La FAM llego a la siguiente conclusión luego del encuentro y en particular tras analizar la situación planteada por el CMFRN: «Es deber republicano afianzar el principio de independencia  judicial, sin claudicaciones, por lo que los distintos Consejos de la Magistratura deben garantizar la imparcialidad en los procesos de selección y nombramiento de jueces y funcionarios judiciales y del Ministerio Público, evitando toda discrecionalidad, agilizando sus decisiones y respetando la carrera judicial. De igual modo, en materia disciplinaria esta Federación se pronuncia por la necesidad de establecer un diseño que contemple el piso mínimo de garantías que hacen al debido proceso legal, esto es la separación entre acusación y juzgamiento; respeto del plazo razonable; respeto del principio de publicidad; cumplimiento del deber de fundar
debidamente las decisiones, siguiendo los lineamientos de los fallos de la
Corte Interamericana de Derechos Humanos»

Y por último la FAM reiteró su posición de que los jueces no deben ser
juzgados por el contenido de sus sentencias, lo cual constituye una clara infracción al principio de división de poderes, evitando que el jury de enjuiciamiento se convierta en una tercera instancia, así como que es conveniente la inclusión como integrantes del órgano de selección y juzgamiento de jueces y funcionarios, a los representantes de los Colegios o Asociaciones de Magistrados y del Ministerio Público.

Colegio de Magistrados y Funcionarios de Río Negro