Declaran mal concedido recurso de Coca Cola Polar contra sentencia judicial
Bariloche (ADN).- Un dispar desarrollo tuvo en ámbito del Superior Tribunal de Justicia el recurso de apelación que presentó la firma Coca Cola Polar Argentina SA contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bariloche, en su carácter de tribunal contencioso administrativo, que rechazó las medidas cautelares solicitadas para que se suspenda la ejecución de la resolución municipal Nº 2040-I-2011 y la disposición 077-SE-11, referidas a derechos de publicidad y propaganda en esta jurisdicción. En ese contexto, la Cámara fundó su rechazo teniendo en consideración que en materia de medidas cautelares contra actos de la administración pública “la verosimilitud del derecho debe exhibirse con mayor notoriedad atento la presunción de legitimidad del actuar administrativo”.
También entendió que en materia de intervención del Poder Judicial en el ámbito de los otros poderes ha de actuarse con prudencia y consideró que en esta causa no se advierte con evidencia la ilegalidad manifiesta.
Ante lo resuelto la empresa, reiterando los fundamentos vertidos en la demanda respecto al cuestionamiento del obrar municipal en la determinación y persecución por el cobro de derechos de publicidad y propaganda, se agravió por considerar que el Tribunal soslayó la extralimitación del poder tributario del municipio, la comisión de irregularidades en el procedimiento de determinación de la deuda y la configuración de una confiscatoriedad en la aplicación al caso del reclamado tributo.
Desde el STJ, se advirtió “con absoluta claridad que la litis no ha concluido, más aún se encuentra iniciado el correspondiente proceso contencioso administrativo donde se determinará en definitiva sobre la legalidad del actuar municipal en la determinación del mencionado tributo”.
Se estimó que en el debate sobre el fondo, corresponderá analizar si los cuestionados actos administrativos de la Secretaría de Economía del Municipio de San Carlos de Bariloche se ajustan a derecho y reúnen los recaudos propios del actuar administrativo.
Por eso, el máximo Tribunal rionegrino declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la firma Coca Cola Polar Argentina contra la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bariloche, en su carácter de tribunal contencioso administrativo. (ADN)