Bariloche elegiría un defensor del Pueblo peronista

(ADN).- Comenzó la cuenta regresiva para la selección final del próximo defensor del Pueblo de San Carlos de Bariloche. El 4 de junio vence el mandato de la actual titular del área, Analía Woloszcuk y el Concejo Deliberante deberá definir quién será su sucesor o sucesora.

De la nómina inicial de 21 candidatos que se postularon para el cargo, hoy sólo quedan 11 personas. El próximo defensor necesita del voto de, por lo menos, 8 concejales, es decir, dos tercios del cuerpo legislativo.

Hoy el Deliberante presenta una constitución totalmente heterogénea, donde conseguir seis voluntades iguales, muchas veces implica un ejercicio de consenso descomunal. Por lo que ocho votos, es casi una utopía, para cualquier propuesta que se presente.
Sin embargo, dentro de este contexto de disensos, hay un candidato que comienza a picar en punta de entre esos 11 postulantes. Se trata del abogado y militante peronista Juan Mandagarán.

De reciente paso como jefe de la delegación local de ANSES donde tuvo reconocimientos de diferentes ámbitos, el letrado ha tenido siempre una conducta legal apuntando a la protección de los sectores más vulnerables, defendiendo además causas de derechos humanos y contra la violencia institucional. En su CV también figura que es mediador comunitario y conciliador laboral, roles clave para la Defensoría.

Por otra parte, aunque con menor fuerza, suena el nombre de otro referente peronista: Luis Barrales, dirigente sindical de los taxistas de larga data y otrora consejero de la Cooperativa de Electricidad Bariloche hasta diciembre pasado.

Lo cierto es que el próximo defensor será designado en sesión extraordinaria, con dos tercios de los votos de los concejales, antes que finalice el mes. Esto implicará un consenso por parte de los ediles, negociaciones partidarias y entendimientos políticos, que no son tan comunes en este Deliberante.

Cabe mencionar, que el cargo de defensor del Pueblo tiene como misión la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución Nacional, la Constitución de la Provincia de Río Negro, las ordenanzas y la Carta Orgánica Municipal, frente a los actos, hechos u omisiones de la administración pública municipal, y de prestadores de servicios públicos bajo la jurisdicción municipal.

El cargo es incompatible con: cualquier otro cargo electivo o político nacional, provincial o municipal, ser propietario, director, gerente, administrador o mandatario de empresas que celebren contratos de suministros, obras o concesiones con el gobierno nacional, provincial o municipal, ser miembro de la Junta Electoral, ejercer la abogacía o la procuración contra la Municipalidad, salvo en causa propia, mientras dure su mandato.