Autoahorro: un juez platense ordenó congelar las cuotas

El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº2, de La Plata, a cargo del juez Vicente Atela, obligó a Chevrolet de Ahorro para Fines Determinados SA a no cobrarle al ahorrista Alfredo Barresi cuotas superiores al 30% de su salario.La medida también comprende a la concesionaria Kiara Automotores y a la Chevrolet, según publicó el Diario Pulso Noticias.

La Justicia dio curso al amparo del damnificado, contrariamente a lo sucedido en la Justicia rionegrina donde un fallo del Superior Tribunal de Justicia, de noviembre del año pasado, consideró que los reclamos por el pago de cuotas de planes de ahorro para adquirir autos cero kilómetros no deben canalizarse a través de un amparo, sino por otras vías, a la vez que ratificó que el caso se enmarca en la Ley de Defensa del Consumidor.

Cabe mencionar que, en Viedma, Choele Choel, Bariloche, Cipolletti y Roca se habían dictado medidas distintas: retrotraer las cuotas a 2018, que no rebasen el 50 por ciento de aumento, denegatoria de los requerimientos y que no superen un porcentaje de los ingresos, entre otras medidas.

También en distintos puntos del país, se registraron fallos judiciales que benefician a personas que ingresaron en un Plan de Ahorro para comprar un vehículo pero que tras las sucesivas devaluaciones y el aumento del precio del dólar se les hizo imposible seguir abonando las cuotas, que se elevaron de forma exponencial muy por encima del incremento de los salarios.

 El fallo del juez Vicente Atela, de La Plata, sostiene el damnificado “debe hacer frente a una situación económica no prevista ni informada ni tampoco negociada con el administrador-mandatario del circulo de ahorro”, y además recuerda que en coyunturas similares a esta, como la crisis económica del 2002, la Inspección General de Justicia emitió una resolución que dispuso la no modificación de los valores de las cuotas y retrotraerlas a los valores al momento de entrada en vigencia de la ley de emergencia económica dictada en aquel entonces (Ley Nacional 25.561).

También el magistrado menciona la recientemente sancionada Ley Nacional 27.541 de Emergencia pública económica, financiera y administrativa, que “en su artículo 56 reconoce que la variación económica de los contratos de ahorro para la compra de automóviles han sufrido modificaciones sustantivas en su ecuación económica y que requiere de su estudio, análisis y búsqueda de paliativos de mantención de la vigencia del negocio, el cumplimiento de los fines de los círculos de ahorro, y la capacidad económica del suscriptos frente a la variación económica imprevisible del valor del producto que se pretende adquirir”.

El damnificado contrató un Plan de Ahorro en junio de 2017, por el Chevrolet Onix en 84 cuotas. En agosto de 2018 pagaba una cuota de $4.506 pero, tras las sucesivas devaluaciones, en septiembre de 2019 el monto había subido a $20.366. Pasó de representarle el 20% de su salario a más 50%, y ya no tenía cómo pagarlo. La Justicia reconoció el abuso y le otorgó una medida cautelar por la que no pueden cobrarle un abono que represente más del 30% del sueldo.