Rechazo al recurso federal a condenados por el caso Karen

(ADN).- El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, denegó los recursos extraordinarios federales interpuestos por los defensores de Pablo Guillermo Jofré y Carlos Gustavo Mobilio, condenados a prisión perpetua por la muerte de Karen Alvarez, ocurridaen el 2014 en esta capital.

La defensa pública de Jofré intentó llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación alegando, entre otros argumentos, una “violación de garantías constitucionales, pues se aceptaron como válidas pruebas que debieron declararse nulas”.

A su vez, el abogado particular de Mobilio basó su recurso en que el STJ, al rechazar la casación oportunamente interpuesta contra la condena, convalidó una “decisión arbitraria por absurda valoración de la prueba y por violación de los principios de inocencia e in dubio pro reo”.

En febrero del año pasado, la Sala B de la Cámara Criminal de Viedma condenó a los dos imputados a la máxima pena por ser coautores de los delitos de “abuso sexual agravado por haber sido cometido mediando acceso carnal y por dos o más personas, en concurso real con homicidio agravado por alevosía, para procurar la impunidad para sí (criminis causa) y por haber dado muerte a una mujer habiendo sido el hecho perpetrado por -al menos- dos hombres, mediando violencia de género”.

En la sentencia que denegó el recurso extraordinario a Jofré, los jueces del STJ Liliana Piccinini, Sergio Barotto y Enrique Mansilla coincidieron con el Fiscal General en cuanto a que el planteo “no cumple todos los requisitos previstos en la Acordada Nº 4/2007 de la Corte Suprema”.

También indicaron que la “cuestión federal” necesaria para sostener un recurso extraordinario fue introducida de manera “extemporánea”. Finalmente recordaron que en octubre pasado, al rechazar la casación planteada por la defensa, analizaron y rechazaron con suficientes fundamentos todos los agravios relacionados con supuestas nulidades procesales, con la prueba de la materialidad de los hechos, la participación de Jofré, las agravantes de la alevosía y de la violencia de género, así como los cuestionamientos de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua.

Sobre el recurso extraordinario de Mobilio, el Tribunal provincial basó el rechazo en “las numerosas deficiencias formales” que detectó y enumeró en la sentencia y afirmó que los agravios “se limitan a exponer simples discrepancias subjetivas y no constituyen, por ende, críticas serias y razonadas vinculadas con las cuestiones federales cuya existencia invoca”, sin demostrar “la arbitrariedad o la violación de las garantías constitucionales” que pretende acreditar.

Ante estos fallos del Superior Tribunal, las defensas cuentan, como última posibilidad, acudir con un recurso de queja directamente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En caso de no ser presentado en término o en caso de ser presentado y luego rechazado por la Corte, las condenas de prisión perpetua quedarán firmes de manera definitiva.