El fiscal Trejo pidió seis meses de prisión en suspenso para Alcides Pinazo

Por incumplimiento de deberes de funcionario público, el Fiscal de Cámara Hernán Trejo pidió una pena de seis meses en suspenso y un año de inhabilitación para ocupar cargos públicos, para el ex presidente del Ipross, Alcides Pinazo.

En la misma causa solicitó para el ex Secretario General Administrativo de la obra social, Luis Rolando Wyss, la pena de seis meses de prisión en suspenso y un año de inhabilitación para ocupar cargos públicos,

Asimismo el fiscal Trejo solicitó la absolución de ambos funcionarios por el beneficio de la duda, en relación a una posible defraudación al Estado, ya que “la prueba no ha podido acreditar su responsabilidad en este sentido”.

Trejo desarrolló su alegato delimitando claramente los dos delitos y extendiéndose especialmente en aquellos por los que pidió se juzgue con penas diversas a los ex funcionarios, en el marco de la causa iniciada por la contratación de obras de pintura y refacción para las delegaciones provinciales de la obra social realizadas “con una necesidad y urgencia que nunca pudo ser demostrada”.

“Los funcionarios debieron haber sido custodios del erario público y no hacer la vista gorda ante irregularidades que hacen a un incumplimiento burdo de la ley”, dijo el Fiscal en su alegato.

“El armado de los expedientes fue absolutamente desprolijo, los testigos no pudieron explicar cómo se armaban, todos compartían una regularidad de hojas exactamente iguales, presupuestos sin firmas y facturas cuya fecha coincidía con el inicio de los trabajos”, ejemplificó.

Además explicó que los mismos “se iniciaban a partir del presupuesto que resultaba ganador, que excedía en todas las oportunidades el monto oficial y cuyo responsable fijó su domicilio comercial en un salón que pertenecía a la obra social”. Todas irregularidades que debieron observar los funcionarios al momento de abonar los trabajos.

En este sentido, el Fiscal de Cámara criticó que ninguno de estos actos haya sido observado por la Junta de Administración, único ámbito legitimado para ampliar los montos de contratación que, no obstante, “no participó, ni los refrendó”, por lo cual debieron haberse regirdo por la Ley de Administración Financiera 3186. Según Trejo, si bien el marco legal existía, los funcionarios dictaron “reglas contrarias a dicho Reglamento de Contrataciones” entre el período 2008/ 2010 en el que se evalúa tal comportamiento.

Finalmente, y basándose en diversos argumentos, la defensa solicitó la absolución de los dos hombres y, la de Pinazo, además, que sea sin el beneficio de la duda entendiendo al primero de los hechos como atípico y negando que haya habido perjuicio al Estado. La sentencia, a cargo del Tribunal conformado por los jueces Marcelo Chironi, Ariel Gallinger e Ignacio Gandolfi se dará a conocer el próximo 20 de mayo.