Desestiman acción judicial de bioquímicos contra ordenanzas municipales de habilitaciones de laboratorios

Apoderados del Colegio de Bioquímicos de Río Negro promovieron un mandamiento de prohibición contra los municipios de General Roca, Cipolletti y San Carlos de Bariloche, ante la habilitación exigida a los profesionales asociados a la entidad a través de ordenanzas municipales, que ahora fue rechazado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que consideró que las normas locales no trasgreden leyes provinciales o nacionales.

Además, observaron que las normas impugnadas han sido dictadas en los años 2007, 2009 y 2012 y, por eso, tampoco se verifica la urgencia requerida para la viabilidad de ese tipo de acciones.

El Colegio de Bioquímicos de Río Negro sostiene que la tasa por habilitación e inspección de los laboratorios junto con el resto de las actividades incluidas en las ordenanzas municipales impugnadas, coincide con el servicio de habilitación e inspección realizado por salud pública provincial, tratándose de “una situación de doble imposición con un único fin recaudatorio”.

La entidad también consideró que considera que concejales de Roca, Cipolletti y Bariloche “han ejecutado actos prohibidos sobre facultades de competencia exclusiva y excluyente del Ministerio de Salud Pública de Río Negro, conforme la Ley G Nº 3338, del ejercicio de las profesiones de la salud y actividades de apoyo.

En su momento, la procuradora general Silvia Baquero Lazcano dictaminó que si bien el Colegio de Bioquímicos accionante se encuentra legitimado para actuar, su presentación no se encuentra munida de los recaudos esenciales que habilitan la viabilidad del mandamiento de prohibición ni tampoco de la figura del amparo genérico. Por eso, propuso debiendo rechazar la acción por resultar formalmente improcedente.