Esta semana se define la apelación de cinco imputados por corrupción sexual

Viedma (ADN).-La Cámara del Crimen, que integran Jorge Bustamante, Carlos Reussi y Daniela Zágari, resolverán esta semana la apelación sobre la prisión preventiva, impuesta por el juez Favio Igodi, a Nazario Raúl Contín, Alfredo Bonifacio Cabeza, Jorge Daniel Morón, René Oscar Ledesma, Andrea Natalia León, por corrupción de menores, en tanto se vence el plazo a este recurso desde la fecha de constitución del citado tribunal.

Las defensas de los detenidos (Galeano, Castello y Ghianni) solicitaron la anulación de la medida contra sus defendidos, acusados por “promoción de actos de corrupción sexual, en concurso ideal con promoción de la prostitución de menores de 18 años de edad”, en al menos en cuatro oportunidades (dos víctimas) en concurso real, en el caso de Contín y con la misma calificación, en dos oportunidades en los casos de Cabeza, Morón, Ledesma y León.

Todos detenidos en el Penal local, esperan la resolución con la posibilidad de ser excarcelados y seguir el proceso judicial en libertad.

El Fiscal de Cámara Fabricio Brogna fijó posición sobre los recursos presentado por los detenidos donde solicita que se confirme la resolución cuestionada , entre otros motivos ante la “existencia de peligro de entorpecimiento de la investigación, ya sea por vía de amedrentamiento de testigos, o por la turbación que les produciría a los mismos encontrase con los imputados luego de los graves hechos acontecidos”, con diligencias que deberán desarrollarse “en nuestra Comarca pequeña tanto en extensión geográfica como en cantidad de habitantes”.

Brogna argumenta sobre mantener la detenciones, en razón a la gravedad de la calificación enrostrada; que existen razones concretas que hacen necesaria la prisión preventiva; la necesidad de especial protección a las víctimas en estado de vulnerabilidad y aptitud o posibilidad de frustrar el proceso por los procesados.

Por último el Fiscal de Cámara señala que “para el hipotético caso que el Tribunal entienda que, a pesar de los argumentos señalados, no corresponde mantener la medida de privación de la libertad dictada, dejo solicitado tal como lo he sostenido en anteriores dictámenes se inicien las actuaciones tendientes a determinar si respecto de los imputados existe la posibilidad de aplicación de una medida menos lesiva que la prisión preventiva”.