Anulan cárcel a automovilista condenado por fatal accidente

Cipolletti.- La Justicia provincial anuló la sentencia de un juez de la Cámara Primera en lo Criminal de Cipolletti, que condenó a un automovilista a dos años y seis meses de prisión efectiva y seis años de inhabilitación especial para conducir vehículos por el delito de “homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un automotor” y que ocasionó la muerte de un ciclista. El STJ sustentó que el imputado no habría podido evitar embestir a la víctima.

El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2010, aproximadamente a las 7:35, John R. S. conducía “a exceso de velocidad una pick up Ford Ranger, dominio CZT-381, por ruta provincial N° 65, circulando en sentido Oeste-Este.

En zona urbana y a la altura del galpón ‘Fabiola’ de Fernández Oro, por desatención en la conducción no advirtió que un ciclista se encontraba cruzando la calzada en bicicleta hacia el cardinal Sur y lo chocó con la parte frontal de la camioneta, a raíz de lo cual se produjo el fallecimiento de P.

La defensa advirtió que el exceso de velocidad nunca fue formalmente imputado, en tanto la imputación “descansó solo en la desatención en el conducir” por parte del imputado automovilista y que el accidente se produjo por la negligencia de la propia víctima.

Por su parte, el juez superior Ricardo Apcarian fundamentó extensamente la resolución del STJ y concluyo que “la sentencia carece de fundamentación suficiente” y aclaró que “este defecto en la actividad del juez no implica un adelanto de criterio por parte de este Superior Tribunal de Justicia respecto de la tipicidad o atipicidad de la conducta reprochada al imputado, sino que indica la necesidad de que la cuestión invocada por la defensa -la conducta alternativa conforme a derecho no habría podido evitar embestir a la víctima- sea resuelta de modo razonado atento a la prueba que se produzca en debate”.