Ratifican prisión en suspenso a pareja por usurpación de una casa

loteoViedma (ADN).- Los jueces del Superior Tribunal de Justicia confirmaron la sentencia de un magistrado con competencia correccional de la Cámara en lo Criminal de Viedma que condenó a una pareja a seis meses de prisión en suspenso, por el delito de usurpación de una vivienda ubicada en el barrio Loteo Silva .

En su momento, esa resolución judicial generó un recurso de casación por parte de dos defensores penales, quienes sostuvieron que “los sujetos pasivos del delito (aparentes dueños de la casa) no estaban legitimados para accionar, toda vez que su simple papel de tenedor precario carecía de todo valor a la hora de considerarlos propietarios o poseedores”.

Los defensores agregaron que uno de ellos -probables ocupantes legales- no dormía en ese lugar, ya que “carecía de todo mobiliario, salvo una vieja heladera y consideraron acreditado que “ni Mansilla ni Castillo ostentaban la calidad de tenedores legítimos ni poseedores o propietarios del bien inmueble, por lo que no podían encontrar el amparo de la justicia penal”.

De tal modo, entendieron que no había privación o despojo, al no existir un uso o goce previo por parte de una persona y añadieron que serían el Estado provincial o el municipio lso que debían iniciar el desalojo.

Los propios defensores penales distinguieron entre tenencia interesada y desinteresada y sintetizaron que “el matrimonio Mansilla-Castillo no tenía legitimación activa por no haber cumplido con la contraprestación monetaria que implicó la entrega del inmueble”.

Según la resolución judicial, a los funcionarios judiciales les resulta inaceptable la admisión de la clandestinidad y la fuerza como medio comisivo y plantearon que “no podían valorarse en contra de Carlos Riquelme (uno de los acusados) sus dichos al finalizar el debate, como si fuera en los términos de una declaración indagatoria, ya que dijo que ingresó a la vivienda por no tener lugar adonde ir con sus hijos”.

Un Tribunal viedmense tuvo por acreditado que “Vanesa H y Carlos R, previo forzar la cerradura de la puerta, ingresaron a la vivienda sita en calle 113 Nº 116 del barrio Loteo Silva de Viedma y despojaron de esta forma a Abel Raúl Mansilla Meli de los derechos que sobre dicho inmueble tiene, en conformidad con el acta de adjudicación celebrada el 06/06/11 con el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda”.

Según el acta de adjudicación de la casa, el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de Río Negro entregó la tenencia de inmueble, la que incluso se encontraba con su cerradura, que fue violentada.

“Entonces, también carece de mayor andamiento la crítica tendiente a demostrar que el inmueble no era habitado o que era ocupado en forma discontinuada por parte de quienes resultaron adjudicados, o si estos habían efectuado los pagos correspondientes a la adjudicación, pues a todo evento y según la doctrina legal reseñada no interesa el título que origina tal poder de hecho”, destacó la jueza Liliana Piccinini.

Refirió que la violencia y la clandestinidad en la acción se encuentran demostradas. “La primera por la fuerza sobre la cosa, esto es la rotura de la cerradura que impedía el ingreso de otros y la segunda pues los autores esperaron que Mansilla Meli se ausentara de vacaciones para ingresar a la vivienda”. (ADN)