Confirman multa a Salud por demorar entrega de materiales quirúrgicos

Bariloche (ADN).- Un juez de Bariloche impuso al Ministerio de Salud una multa de $1.000 por día de retardo, a partir del 19 de junio, por no suministrar en tiempo materiales de cirugía craneal a un joven, pero un funcionario apoderado de la provincia de Río Negro aseguró que la intimación no fue notificada en la debida forma y que “la aplicación retroactiva provoca un enriquecimiento ilegítimo a favor del amparista”. La madre del muchacho efectuó reclamos al organismo oficial.

Ahora, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la provincia de Río Negro, doctor Roberto Stella, y confirmó la imposición de multa al Ministerio de Salud. “Se advierte el desinterés por parte de las autoridades públicas requeridas en cuanto a dar pronta respuesta a la grave situación”, señaló uno de los jueces superiores.

Además, el máximo organismo judicial rionegrino, a través de la Secretaría de Superintendencia del STJ, hizo saber a los jueces lo resuelto en “la necesidad de individualizar los funcionarios responsables en los amparos contra el Estado provincial o municipal”.

El amparo a favor de Carolina Isabel A. fue cursado por el juez Santiago Morán, a cargo del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N° 3, de Bariloche.

Después, las actuaciones llegaron al STJ con motivo del recurso de apelación interpuesto por Stella, en representación del Ministerio de Salud Pública, contra la providencia de fecha 11 de agosto de 2014,por la cual se impuso al Ministerio una multa de $ 1.000 por día de retardo a partir del 19/06/2014.

Entonces, el al apoderado de la provincia se agravio por considerar que “la intimación no se ha notificado en la debida forma” y considero que “la aplicación retroactiva provoca un enriquecimiento ilegítimo a favor del amparista”.

Señaló que resulta excesiva la multa y manifestó que el Ministerio adoptó “todas las medidas destinadas al cumplimiento de la acción interpuesta”.

Consideró que “no ha existido intimación previa ni resolución judicial que haga viable las astreintes”.

Por su parte, la defensora Andrea Alberto, en representación de la amparista, solicitó el rechazo del recurso interpuesto y la aplicación de la sanción de multa. Ello, en virtud del “excesivo tiempo transcurrido desde la formulación del pedido, la fecha de la sentencia y los reiterados reclamos, todo lo cual ha evidenciado y comprobado el incumplimiento del Ministerio de Salud”.

Para la procuradora general Silvia Baquero Lacano “no se ha cuestionado el fondo de la decisión, sino que los únicos agravios que forman parte del mismo se refieren exclusivamente a la sanción de multa”.(ADN)