Promueven régimen de licencia anual de 25 días para la atención familiar

Cipolletti.- El legislador Jorge Ocampos (CC-ARI) presentó un proyecto de ley que promueve que los empleados públicos cuenten con 25 días de licencia anual para la atención familiar de su grupo familiar conviviente o consanguíneo ascendente o descendente no conviviente.

Este régimen beneficiaría a los agentes de los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, a los de los entes descentralizados del estado provincial y a los de los municipios rionegrinos que adhieran a la norma.

Ocampos sostiene en su proyecto que «la familia contribuye al control emocional de cada paciente en su recuperación, antes y después de una cirugía o tratamiento de características complejas, pues le ayuda a tolerar la frustración, contrarrestar la desesperanza y adaptarse a la situación que transita».

La presencia de familiares en tales circunstancias «también facilita la superación de los fenómenos regresivos, así como en esos momentos los enfermos requieren más ayuda y atención de médicos, enfermeros y necesitan un mayor suministro afectivo de familiares y amigos», indica.

El parlamentario señala que las leyes provinciales que regulan las licencias de los empleados públicos de los distintos poderes del Estado, tienen distintas definiciones respecto de las licencias por “atención familiar”.

En ese sentido hace referencia a la Ley 838, Estatuto del Empleado Legislativo, que prevé familiar consanguíneo. En tanto, las leyes 1844 y 1904, que rigen para los empleados del Poder Ejecutivo provincial y a los trabajadores de la Salud, respectivamente, determinan la “atención familiar” sólo para el grupo familiar conviviente.

Por su parte, la Ley Orgánica del Poder Judicial contempla sólo “atención de familiar enfermo” y está reglamentada según cada caso. Similar es la reglamentación del Estatuto Docente -Ley 391- Cuidado de Familiar Enfermo: hasta 20 días hábiles, continuos o no, con goce de haberes y un período igual, sin goce de haberes.

Al hacer referencia al cuidado que requiere la atención de los adultos mayores, el legislador del CC-ARI considera la necesidad de adecuar la reglamentación que enmarca a los empleados públicos de la Provincia para que les permita «en los casos en que resulte necesario, acompañar a sus progenitores sin tener que recurrir a tomar su licencia anual, si la tiene, o bien dejar en manos de otra persona el rol que como hijo debe cumplir».

También tiene en cuenta que «si bien es mayor la necesidad de que sean los adultos mayores quienes requieran del cuidado de sus hijos, no se descarta que en algunos casos la necesidad sea a la inversa, cuando un hijo que ya no convive con sus padres se encuentra ante una situación de enfermedad».