Desestiman reducción de condenas a dos violadores sexuales

Villa Regina (ADN).- La Justicia rionegrina informó desfavorablemente la rebaja de las condenas de 20 y 10 años de cárcel, respectivamente, impuestas a dos sujetos sentenciados por abuso sexual.

Uno de los individuos que seguirá en prisión es Juan Carlos Vizgarra, actualmente preso en la Unidad N° 14 de Esquel, provincia de Chubut, por el delito de abuso deshonesto calificado por el vínculo y en forma reiterada y violación agravada, reincidente por primera vez. Fue condenado en el año 1998 y cumple la pena en el 2017.

Un informe carcelario estableció que se ha intentado trabajar con Vizgarra en diferentes cuestiones siendo “muy difícil su abordaje por la no aceptación de los hechos, refiriendo que el objetivo era despojarlo de la vivienda donde residían”.

Se consideró que no existen causas de excepcionalidad que ameriten el beneficio, indicando que el interno y su situación no han presentado modificación alguna, por lo que se expide en forma negativa en relación a la solicitud.

Los jueces del STJ indicaron que “la adaptabilidad del reo a las reglas carcelarias, su concepto y conducta, como su tránsito por las diversas etapas progresivas del régimen de ejecución de la pena privativa de la libertad, será motivo de consideración para que el respectivo Servicio Penitenciario y el propio juez de Ejecución ponderen el progreso del interno y lo beneficien con los premios que la propia ley establece”.

En otro caso, la madre de Marcos Darío Castet, actualmente internado en el Complejo Penal de Viedma, se presentó ante gobernador y solicitó la conmutación de la condena que oportunamente se le impuso a su hijo.

En el año 1998, Castet fue condenado por la Cámara en lo Criminal de Viedma a 10 años de cárcel por el delito de abuso sexual reiterado, concursado realmente con abuso sexual reiterado, mediando acceso agravado por el vínculo.

El informe carcelario confirmó que Castet está incorporado en el período de afianzamiento de la progresividad del régimen penitenciario, mientras que el Consejo Correccional de la Unidad de Detención consideró que observó las normas reglamentarias que rigen en el establecimiento y cumplió con los objetivos fijados por todas las áreas de tratamiento.

Pero, finalmente se tuvo en cuenta que “no se visualizan elementos de evaluación que indiquen que el interno ha avanzado en la progresividad de la pena, dictaminando desfavorablemente”. (ADN)