Extienden subsidio eléctrico a discapacitados con patologías leves

Cipolletti (ADN).- El Gobierno de Río Negro extendió el subsidio por el servicio eléctrico a personas con discapacidad leve o cuyo certificado no está expedido por el Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad. Hasta ahora, solo eran beneficiarios quienes sufren problemas de tipo moderado, severo y profundo.

Para modificar una cuestión que era discriminatoria, el Ejecutivo dejó sin efecto el decreto 555/2007, que creó el régimen de subsidios para usuarios del servicio eléctrico con discapacidad, dentro del esquema de compensaciones tarifarias en la provincia de Río Negro.

El artículo 2° de ese decreto dispuso que los beneficiarios del subsidio serían las personas con discapacidades certificadas por el Consejo Provincial del Discapacitado de Río Negro, en el grado de moderado, severo y profundo.

Se consideró que el decreto 555/07 resultaría discriminatorio, porque excluye del beneficio del subsidio a las personas con discapacidad cuyo grado sea leve o cuyo certificado no hubiese sido expedido por el Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad.

“Son innumerables los casos que de no modificarse el decreto 555/07 recibirían un tratamiento discriminatorio, tal como se ha documentado en el presente expediente y resuelto a través de excepciones del Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE)”, consigna el decreto 1360, plenamente vigente a partir de hoy, según constató ADN.

El documento destaca que es necesario “sostener el nuevo esquema de subsidios para las personas con discapacidad que tengan domicilio registrado en su Documento Nacional de Identidad (DNI) dentro de la provincia de Río Negro, debe instruirse al Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE) para que implemente el mecanismo de descuentos a través de los cargos tarifarios regulados y prevea su forma de liquidación y pago con fondos provenientes del FOPROST (Fondo Provincial de Subsidios Tarifarios).

Mencionó que el otorgamiento del subsidio dependerá de las siguientes condiciones a verificarse antes de aplicarse el beneficio: 1) domicilio dentro de la provincia de Río Negro registrado en el Documento Nacional de Identidad (DNI), que deberá coincidir con el reconocido en la factura del servicio eléctrico como domicilio del punto de suministro donde se aplicará el subsidio y 2) que el certificado que acredite su condición de discapacitado haya sido registrado ante el Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad de Río Negro.

Concretamente, se dejó sin efecto el decreto N° 555, emitido el 7 de mayo de 2.007, y se creó el nuevo régimen de subsidios para las Personas con Discapacidad domiciliadas dentro de la provincia de Río Negro, fijando como requisito para acceder al beneficio que el último domicilio registrado en el Documento Nacional de Identidad (DNI) coincida con el reconocido como punto de suministro en la factura del servicio eléctrico.

Para acceder al subsidio, el interesado, de no contar con un certificado expedido por el Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad de Río Negro, deberá registrar su certificado ante el organismo como requisito previo a su otorgamiento. (ADN)

 

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