No avanzó demanda por $180.000 contra SITRAJUR por una promesa
Godoy/Huergo (ADN).- Un empleado de la Justicia promovió una demanda contra el Sindicato de Trabajadores Judiciales (SITRAJUR) por perjuicios que estimó en $180.000, derivado de daño emergente, moral y psicológico y lucro cesante, fundándolo en una incumplida supuesta promesa que le hizo Eduardo Fernández Novoa, ex secretario general, de suministrarle asesoramiento de un abogado para su defensa y presentación ante la Corte Suprema de la Nación, con una medida de no innovar para que pudiera conservar su puesto de trabajo.
Carlos Alberto Cazorla se enteró que había sido dejado cesante en el cargo que desempeñaba en el Juzgado de Paz de General Godoy por una supuesta falta en el Juzgado de Paz de Huergo cuando cumplía una suplencia, según consta en el expediente judicial, que se conoció hace pocos días.
El 31 de julio, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de General Roca rechazó el recurso de presentó Cazorla.
Según consta en el expediente, no se probó que el entonces secretario general Fernández Novoa hubiese comprometido al Sindicado demandado, tal como lo pretende Cazorla, y se rechazó la demanda en primera instancia.
Para la jueza roquense Adriana Mariani, lo que debió concretamente probarse era en todo caso que el entonces secretario del Sindicato había específicamente asumido una obligación en representación del SITRAJUR: Contratar y solventar un abogado que llevase adelante los recursos que dice Cazorla. “Ello como presupuesto básico para luego entrar a analizar si existió el invocdo incumplimiento y -en su caso- las consecuencias dañosas por cuyo resarcimiento se viene a juicio”.
En el expediente se puntualizó que “no hay constancias de una petición concreta, de una presentación formal ante el Sindicato. Y aún de haberla habido, no era resorte de Fernández Novoa la contratación (y erogación de honorarios) de un abogado, sino que debía ello someterse a la decisión del órgano respectivo, el que en ocasiones puntuales podía ratificar decisiones tomadas previamente por el secretario por razones de urgencia. Más no sólo no es el caso de autos, sino que ello no se probó”. (ADN)
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