Flexibilizan las obligaciones para procesar pescado en Río Negro

(ADN).- A partir de una resolución difundida ayer por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de Río Negro, las capturas de pescados obtenidas por embarcaciones que resulten beneficiarias de excepciones de eslora y de arte de pesca deben ser procesadas en plantas habilitadas ubicadas en el territorio provincial.

Para ello, deben optar por procesar en la Terminal Pesquera Artesanal Marítima en plantas aprobadas por las leyes de Pesca y de Habilitaciones y en la venta a permisionarios artesanales.

La obligación impuesta no operará entre el 1 de noviembre de cada año y el 31 de marzo del siguiente y hasta un volumen equivalente al 50 por ciento de las capturas totales del buque de que se trate, medidas entre el 1 de abril de cada año y el 31 de marzo del año siguiente.

La resolución Nº 178, emitida el 22 de marzo, considera oportuno regular la actividad para “privilegiar la utilización de mano de obra rionegrina en el procesamiento de los recursos pesqueros provinciales” y establecer medidas que eviten o minimicen las interacciones negativas entre flotas de diferente porte y arte de pesca, a los efectos de evitar riesgos de pescadores artesanales que operan mediante buceo, así como pérdida de equipos de pescadores que operan con palangres de anzuelos y que pueden ser destruidos por las redes de arrastre”.

Se reconoció que “numerosos permisionarios han planteado inconvenientes de diversa índole, que les dificultan en demasía el cumplimiento estricto de la norma” y que tales inconvenientes incluyen cuestiones como la falta de capacidad operativa de la Terminal Pesquera Marítima o la falta de hielo suficiente y de personal capacitado para la implementación de dobles turnos, dificultades técnicas para la instalación de equipos de control satelital en las embarcaciones menores de 10 metros de eslora.

Se aludió a la flexibilización de las obligaciones de procesamiento en territorio provincial, en temporadas de muy altas capturas y hasta tanto la Terminal Pesquera Artesanal Marítima mejore su capacidad de procesamiento y de producción de hielo.

También se procura eliminar la obligatoriedad de utilización del Sistema de Control Satelital de Flota Pesquera, reglamentado por resolución MAGyP Nº 751/13 para las embarcaciones menores de 10 metros de eslora.