Con algunos retoques, siguen las restricciones hasta el 25

(ADN).- El Ministerio de Salud de Río Negro prorrogó hasta el 25 junio las medidas sanitarias destinadas a contener los contagios de COVID-19. En el nuevo esquema se habilita el deporte al aire libre hasta 10 personas, la actividad de iglesias con aforo del 30% y los ensayos en espacios culturales.

En esta nueva etapa se mantendrá la restricción de circulación en todo el territorio provincial entre las 20 horas y las 6 del día siguiente. Quedan exceptuadas de la medida de restricción a la circulación nocturna los esenciales, farmacias y estaciones de servicio para el expendio de combustibles.

Hasta el 25 de junio seguirán suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares y en espacios públicos al aire libre de más de cinco personas. De la misma manera que todo tipo de evento cultural o religioso que impliquen aglomeraciones de personas.

Las actividades de casinos, bingos y discotecas están prohibidas, al igual que la realización de actos públicos, protocolares, aniversarios y fiestas populares que puedan implicar afluencia de público. En el plano deportivo, solo queda autorizada la realización de las competencias oficiales “Torneo Federal A” de fútbol y “Liga Argentina de Básquet”.

HABILITACIONES ESPECIALES

  • Los locales gastronómicos podrán funcionar hasta las 23, con un máximo del 30% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada. Los propietarios, empleados y aquellos clientes que se encontraren en esos establecimientos a la hora de cierre dispuesta, dispondrán de hasta 60 minutos adicionales para retirarse de los mismos y llegar a sus domicilios, debiendo acreditar tal circunstancia mediante comprobante de consumo o similar.
  • Los locales comerciales de cualquier rubro podrán funcionar respetando el horario de circulación habilitado, de acuerdo a los protocolos vigentes.
  • Las farmacias y estaciones de servicio (únicamente para el expendio de combustibles) podrán funcionar durante las 24 horas.
  • Los jardines maternales, sin dependencia del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, podrán funcionar en sus horarios habituales.
  • Los gimnasios y estudios de disciplinas deportivas podrán funcionar respetando el horario de circulación permitido, con un máximo del 30% del aforo en relación con la capacidad máxima habilitada, con adecuada y constante ventilación y con estricta sujeción a los protocolos aprobados.
  • La actividad deportiva en espacios públicos o privados al aire libre, en grupos de hasta 10 personas, y sin asistencia de público.
  • Las clases presenciales y ensayos de actividades artísticas, individuales o en grupos reducidos de hasta 10 personas con sistema de “burbujas”, según protocolo y con un aforo máximo del 30% de espacio donde se realizan.
  • La apertura de bibliotecas con entrega de libros en puerta, con protocolo vigente, sin ingreso del público al interior de la institución. No se habilitan las salas de lectura de las bibliotecas.
  • La apertura de teatros y espacios culturales, exclusivamente para ensayos y transmisiones en transmisión digital (streaming) según protocolos vigentes y con el límite del 30% de aforo en relación al espacio disponible.
  • La actividad de iglesias y templos, con aforo máximo del 30% de su capacidad, sin aglomeración de personas y con cumplimiento de los protocolos aprobados.